lunes, 20 de septiembre de 2010

La factura electrónica para las microempresas

A través del portal de la SUNAT, los pequeños negocios muy pronto ya pueden afiliarse a la emisión electrónica de las facturas, quizás esto para algunos contribuyentes sea una buena noticia y para otras no tan agradables, porque en este caso la SUNAT tendrá el control de las operaciones comerciales de la empresa.

La factura electrónica reducirá los trámites  incentivando  a la formalización de la informalidad de los pequeños negocios, por ahora la afiliación será voluntaria, pero más adelante esto quizás será de aplicación obligatoria para todo los contribuyentes.
La factura electrónica para el empresario de la micro y pequeña empresa será uno de los primeros productos que lanzara el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) junto con la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT). El documento virtual permitirá reducir los costos operativos de los microempresarios, ya que se simplificará la impresión y emisión de facturas físicas, eliminando el uso del papel.
Con la factura electrónica, no se tendrá que gastar en la compra y legalización del registro de compras y ventas ni la impresión de facturas, porque dicho documento electrónico se almacenara en la base de datos del portal de la SUNAT debidamente validado en línea.
 Para afiliarse solo será necesario de acceder al portal de la SUNAT, utilizando el RUC y la clave SOL (Operaciones en Línea). Seleccionado la opción Comprobantes de pago y libros electrónicos, con lo cual se generará la constancia de afiliación, la que será enviada al correo electrónico del usuario.
Después de su afiliación la empresa podrá emitir su factura electrónica colocando los productos o servicios que brinda, dicho comprobante puede ser descargado a la PC del usuario, para luego enviarlos a sus clientes por correo electrónico.
Para mayor información puede ingresar a la siguiente dirección electrónica: http://www.sunat.gob.pe/orientacion/reciboHonorario-Electronico/facturaElectronica.html

Yo Soy, las palabras mas poderosas

Usted es lo que usted decide que es. Su vida está determinada por lo que continuamente se dice a usted mismo.


Muchas personas desconocen el poder de las palabras. Las palabras son muy poderosas. Las palabras construyen. En la Biblia se dice que de las palabras ha de darse cuenta.

De todas las palabras, las mas poderosas son “Yo Soy”. Todo aquello que ate a un Yo Soy es poder. Todo lo que lleve el Yo Soy es una declaración de realidad.

Muchos pasan por alto el hecho de que Jesús, en el evangelio de Juan, pronuncia siete famosos y poderosos “Yo Soy”.

Cada uno de esos Yo Soy es poder para crear o hacer algo.

Cuando usted decide crear la vida que desea, en cada uno de los aspectos que le interese, como, por ejemplo en el área espiritual, usted puede utilizar el Yo Soy que mas necesite según el instante de su vida en que se encuentre.

Su vida no solo se enriquecerá en el aspecto material, el cambio más importante ocurrirá en su visión del mundo y en su interpretación.

Usted se descubrirá como un poderoso ser espiritual capaz alcanzar las cumbres mas elevadas del desarrollo espiritual. Todo cambio ocurrirá en el Yo Soy que usted es. Usted se convertirá en el Yo Soy que esté dispuesto a ser. La riqueza en el ámbito espiritual lo llenará de felicidad. Sus Yo Soy como identidad de usted mismo, lo elevarán a donde usted desea estar.

Informe Nº 129-2010-SUNAT/2B0000 Recuperación Anticipada del IGV

Si la inversión a efectuarse no supera los US$ 5´000,000 (Cinco Millones de Dólares Americanos) y el inversionista no ha iniciado su actividad productiva, resulta de aplicación el Régimen de Recuperación Anticipada contenido en el TUO de la Ley del IGV.

Este Régimen consiste en la devolución, mediante Notas de Crédito Negociables, del crédito fiscal por las importaciones y/o adquisiciones de bienes de capital para la producción de bienes y servicios destinados a la exportación o gravados con el impuesto, siempre y cuando se cumpla con los requisitos y condiciones contenidos en el Decreto Supremo N.° 046-96-EF.

Informe Nro 129-2010-SUNAT2B0000

domingo, 19 de septiembre de 2010

Como llevar una administración formal

Para practicar una administración formal que sea más eficaz y eficiente, que permita dominar todas las transacciones de la empresa, que evite los riesgos que implica la improvisación, que deja en claro lo que se debe hacer y cómo en cada una de sus áreas funcionales, que en ellas se lleve a cabo el ciclo administrativo eficientemente, y que proporcione información de apoyo para la toma de decisiones, para esto se requiere realizar lo siguiente:
1).-Definir y delimitar correctamente las actividades y responsabilidades que correspondan a cada área funcional, por ejemplo:
Ventas.- Prospectación, captación y mantenimiento de clientes.
Producción o servicio.- Todas las actividades referentes al abasto de materia prima e insumos, a la realización de los trabajos necesarios para llevar acabo su transformación en artículos terminados, calidad, costos, etc.
Personal.- Reclutamiento, selección, capacitación, pago de salarios, de prestaciones, incentivos, bonos de productividad, etc.
Finanzas.- Todas las actividades relacionadas con el manejo y registro de recursos económicos y monetarios de la empresa.
Con esto se identifica con claridad que es lo que se debe hacer en cada una las áreas funcionales, de esa manera estar en condiciones de distribuir y delegar cargas de trabajo y de responsabilidad entre los colaboradores que conforman la plantilla de personal.
2).- Llevar acabo las fases del proceso administrativo en cada una de las áreas funcionales, que consisten en:
A).-Planear.- Consiste en fijar objetivos, metas y políticas, determinar los recursos materiales y humanos que se requieren  para lograrlos. Con esto se puede prever las necesidades de personal y de materiales, estudiar las diversas formas para lograr sus propósitos  como lo son  la identificación de oportunidades de desarrollo, la ampliación de sus ventas y aumentar la variedad de servicios que ofrecen.
La planeación se realiza cuando se determinan los siguientes aspectos en cada área funcional:
Ventas
  • Qué se va a vender. Se refiere a los productos que ofertan.
  • Dónde se va a vender. Se debe de identificar la o las plazas en la que se colocan los productos.
  • A cuánto se va a vender. Consiste en determinar el precio por producto.
  • A quién se va a vender. Se debe señalar los posibles prospectos y los clientes que ya se tienen en cartera.
  • Promoción. Se funda en precisar los medios publicitarios que se utilizarán  para dar a conocer a los prospectos y clientes los productos que se ofertan.
  • Cuándo se va a vender. Se refiere al establecimiento de fechas fijas o periódicas para visitar prospectos con la finalidad de hacerlos clientes, así como las fechas en que deberán ser visitados los clientes ya existentes para su mantenimiento.
Esto permitirá planear las ventas que se desean alcanzar en forma realista y en los tiempos establecidos.
Producción o Servicio
  • Dónde se va a elaborar el producto. Consiste en anteponerse a los posibles problemas que se puedan presentar en la producción como lo son: empleados, transportación, etc.
  • Infraestructura humana. Precisar el número de personas que se requieren para la fabricación de los productos, requerimientos de personal capacitado, la maquinaria y el equipo necesario
  • Proceso de producción. Asentar por escrito los pasos a seguir para la elaboración de cada producto
  • Cantidad de productos a producir. Consiste en prever las ventas estimadas o reales.
Personal
  • Cantidad de personas que se necesitan. Establecer la cantidad de recursos humanos necesarios, su preparación requerida y el momento en que se necesitan
  • Necesidades de capacitación. Se refiere a la existencia de instructores, la disponibilidad de tiempo y los recursos didácticos disponibles.
  • Bienestar del trabajador. Consiste en especificar cuál es el salario más adecuado para cada puesto, cuáles serán los incentivos y la atmósfera del trabajo
  • Evaluación del Trabajador. Establecer controles de calidad y cantidad de trabajo, entradas, salidas y faltas
Se puede incluir dentro de la planeación de esta área las posibilidades de desarrollo de personal dentro de la empresa y darlo a conocer a toda su plantilla de colaboradores.
Finanzas
  • Necesidades de dinero. Consiste en reconocer las dimensiones de la empresa, las restricciones financieras que se puedan presentar y las necesidades de ampliación de la empresa
  • Composición de activos y pasivos. Implementar los índices financieros más adecuados para llevar a cabo un análisis e interpretación de los estados financieros de la empresa
  • Obtención de recursos externos. Identificar las fuentes, los métodos y formas para obtener recursos externos cuando se requieran.
B).-Organizar.- Ordenar los recursos materiales y humanos y determinar las funciones que deben realizarse para lograr sus objetivos. Esto permitirá aprovechar mejor los recursos disponibles, ahorrar tiempo y reducir costos.
Para una adecuada organización administrativa se requiere:
  • La existencia de un conjunto de recursos físicos, económico y humanos
  • El conocimiento de sus propósitos
  • El conocimiento de las áreas funcionales
  • El diseño de un esquema que exprese la estructura y que permita alcanzar fácilmente los propósitos de la empresa
  • Una adecuada distribución de trabajo en cada área
Existen diversos modelos de organización formal, se puede hacer dividiendo la empresa por sus áreas funcionales (área de ventas, área de personal etc.), o bien por sus divisiones económicas, (división ventas, división administración etc.
C.-Dirigir.- Delegar responsabilidades, estimular al personal para que sea motivado y se integren, con ello hacer que los trabajos se encaminen al logro de los objetivos, consecuentemente el personal se haga más productivo.
Una dirección adecuada flexible y productiva, consiste en mantener una atención equilibrada al logro de los propósitos, a la solución de problemas y al aprovechamiento de los trabajadores, para lograrla se requiere considerar los siguientes puntos:
  • Comunicar a todo el personal, los propósitos que debe lograr la empresa
  • Vincular las actividades de los subordinados con los propósitos de la empresa
  • Crear un clima relajado que ayude al personal a expresarse con toda libertad
  • No subrayar las fallas e imperfecciones, más bien apreciar los esfuerzos y estimular las potencialidades del personal
  • Adoptar un estilo objetivo para solucionar problemas, basarse en hechos y no en autoridad ni en poderes preestablecidos, esto provoca seguridad y deseo de comprometerse y colaborar
  • Mantener equilibrio entre mando o estructura y libertad en cuanto a autoridad y responsabilidad, siendo estricto en principios y flexible en procedimientos
  • Controlar la información que circula y mantener un  buen nivel de comunicación formal e informal
  • Comprometer a todo el personal en el progreso y desarrollo  de la organización
  • Recordar siempre que el principal recurso son las personas
E).-Controlar.- Identificar qué actividades se deben controlar y cada cuando, para poder establecer criterios adecuados de control con la finalidad de examinar si están siendo eficaces y eficientes en el logro de los objetivos o en su caso hacer las adecuaciones pertinentes orientadas a satisfacer lo planeado.
La actividad del control examinan si se logran los propósitos fijados en la planeación por lo tanto los controles implementados deben informar:
  • Si las tareas se están realizando oportunamente
  • Si la calidad y cantidad de productos vendidos son los adecuados
  • Si el desempeño del personal es eficiente
  • Si los empleados tienen el suficiente conocimiento
  • Si los errores presentados han sido corregidos oportuna y adecuadamente
  • Etc.
Los responsables de cada área deberán proporcionar información condensada a la dirección de la empresa, que le sirva para tomar decisiones, realizar planes y estrategias encaminadas a un crecimiento más sólido y constante y para lograr los objetivos y metas establecidos.

ARRENDAMIENTO FINANCIERO

El arrendamiento financiero se define legalmente como el contrato mercantil que tiene por objeto la locacion de bienes muebles o inmuebles por una empresa locadora para el uso de la arrendataria, mediante el pago de unas periodicas y con opción a favor de la arrendataria de comprar dichos bienes por un valor pactado.

Es una operacion donde se entrega a titulo de arrendamiento bienes muebles o inmubles al arrendado, financiando su uso y goce a cambio de pagos periodicos por un plazo determinado, pudiendo el arrendador al final del periodo de pago, ejercer la opcion de compra del bien que le fue arrendado. es sistema de financiamiento esta dirigido hacia los empresarios, ya sean personas naturales o juridicas, con el fin de facilitarles el acceso a bienes de capital, que es necesario para el desarrollo de actividades productivas.

El arrendamiento financiero o "leasing" es una operacion de intermediacion en el mercado de capitales que tiene ventajas para el sector empresarial y a la entidad crediticia, ya que permite impulsar el crecimiento empresarial, permitiendo la optimizacion tanto tributaria como financiera, debido al facil adaptacion que caracteriza a dicho contrato frente a las condiciones que las partes puedan pactar.

La entidad crediticia adquiere a su propio nombre el bien que le interesa al arrendador y lo alquila a este por un plazo de una merced conductiva mensual pactado, al termino del plazo si los pagos se han realizado en orden, con un pago adicional el bien pasa a ser propiedad del arrendatario.

Para efectos tributarios, el arrendamiento financiero o leasing es actualmente una figura altamente conveniente para el arrendatario, de acuerdo a las modificaciones introducidas por la ley Nº 27394 al articulo 18º del D.L. Nº 299, donde se estable que todo contrato de arrendamiento que se celebre a partir del 1 de enero del 2001, dichos bienes se consideran de propiedad del arrendatario, registrandose contablemente de acuerdo a la Norma Internacional de Contabilidad Nº 17 - Arrendamientos, permitiendose deducir la depreciacion de los activos para fines fiscales y  a la vez permite al arrendatario tomar la depreciacion acelerada en el termino del contrato.

Con respecto al IGV, el impuesto grava las cuotas a lo largo del contrato, aplicandose como credito fiscal por el arrendatario y asi disminuyendo el impacto financiero de este tributo indirecto en el flujo de caja de las empresas.

Informe N° 125-2010-SUNAT/2B0000 Valorización del Derecho de Llave

De conformidad con el criterio señalado en el Informe N.° 213-2007-SUNAT/2B0000, a fin que el derecho de llave que se manifiesta en una adquisición de negocios sea amortizable para efecto del Impuesto a la Renta, no será suficiente con que se le asigne un valor razonable, debiendo para ello ser valorado de forma fiable, de acuerdo con las normas contables aplicables.

A fin de establecer si el derecho de llave que se manifiesta en una adquisición de negocios tiene duración limitada será necesario en cada caso específico identificar sus componentes y en función a ello determinar si existe un límite previsible para la vida útil del mencionado derecho.

Si efectuada la evaluación respectiva, se estableciera que el derecho de llave evidenciado en la adquisición de un negocio minero puede ser considerado como un intangible de duración limitada, el valor del mencionado derecho podrá ser deducido como gasto en un solo ejercicio o amortizarse en un plazo máximo de 10 años.

Tratándose del supuesto en que una empresa adquiere el 100 por 100 de las acciones de otra empresa, el derecho de llave deberá ser reconocido en la oportunidad en que se produce tal adquisición, en la medida que la empresa adquirente haya asumido el control de la otra empresa.

Hey Yeah 1252010

Informe Nro 124-2010-SUNAT/2B0000 Definición de “Edificaciones y Otras Construcciones” para el Impuesto a la Renta

Para fines del Impuesto a la Renta, dentro de la expresión “edificaciones y construcciones” deben entenderse comprendidas las edificaciones propiamente dichas y toda construcción, obra de arquitectura o ingeniería que tienen como características su fijeza y permanencia, ésta última asociada a una vida útil relativamente extensa, similar a la que corresponde a un edificio, no se destinan para la venta en el curso normal de las operaciones de una entidad, y se utilizan en el proceso de producción o comercialización o para uso administrativo y que están sujetas a depreciación, excepto terrenos.

Formarán parte de las edificaciones y construcciones todos los bienes y materiales que sean necesarios para su puesta en funcionamiento, uso o aprovechamiento económico, así como los aditamentos de carácter permanente que tengan una vida útil relativamente larga como la obra.

Hey Hey 1242010

Informe N° 123-2010-SUNAT/2B0000 Prestación del Servicio de Transporte de Mercancías en Comercio Internacional

La prestación del servicio de transporte de mercancías realizado por una naviera domiciliada en el Perú desde un puerto de origen peruano (distinto al del Callao), donde dicha mercadería se encontraba a disposición de una naviera extranjera, hasta el Callao (donde está ubicada la nave de la naviera extranjera), al ser una prestación realizada dentro del territorio nacional, se encuentre gravada con el IGV.

Informe N° 121-2010-SUNAT/2B0000 Devolución del ISC en el Servicio de Transporte Terrestre Público

A fin de solicitar la devolución del Impuesto Selectivo al Consumo dispuesta en la Ley N.° 29518, los transportistas que presten el servicio de transporte terrestre público interprovincial de pasajeros (incluido el servicio de transporte estándar en el que se tengan autorizadas más de 15 frecuencias diarias) necesariamente deberán presentar el “Manifiesto de Pasajeros” regulado en la Resolución de Superintendencia N.° 156-2003/SUNAT

sábado, 18 de septiembre de 2010

Informe N° 114-2010-SUNAT/2B0000 Calificación de los Subsidios desde la perspectiva de Renta de Quinta Categoría

1. De acuerdo con la legislación vigente hasta el ejercicio 2006 el subsidio por incapacidad temporal por enfermedad o incapacidad temporal para el trabajo no califica como renta de quinta categoría gravada con el Impuesto a la Renta.


2. Según la legislación vigente hasta el ejercicio 2006 el subsidio por lactancia no califica como renta de quinta categoría gravada con el Impuesto a la Renta.

3. De acuerdo con la legislación vigente hasta el ejercicio 2006 el subsidio por maternidad (descanso pre y post natal) no califica como renta quinta categoría gravada con el Impuesto a la Renta.

INFORME Nº 114 - 2010-SUNAT

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