1. De acuerdo con la legislación vigente hasta el ejercicio 2006 el subsidio por incapacidad temporal por enfermedad o incapacidad temporal para el trabajo no califica como renta de quinta categoría gravada con el Impuesto a la Renta.
2. Según la legislación vigente hasta el ejercicio 2006 el subsidio por lactancia no califica como renta de quinta categoría gravada con el Impuesto a la Renta.
3. De acuerdo con la legislación vigente hasta el ejercicio 2006 el subsidio por maternidad (descanso pre y post natal) no califica como renta quinta categoría gravada con el Impuesto a la Renta.
INFORME Nº 114 - 2010-SUNAT
Investigan envenenamiento masivo de mascotas en parques de San Isidro
-
La Municipalidad del distrito dispuso la clausura temporal de varios
parques tras registrarse casos de mascotas afectadas en distintas zonas,
mientras cont...
Hace 2 horas.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario