jueves, 30 de julio de 2015

Pymes podrán cobrar sus facturas en forma inmediata

Factura negociable será de aceptación obligatoria por parte de las empresas que compren a pymes. Estas podrán transferirla al banco inmediatamente para cobrarla.

Las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes) podrán cobrar su factura de forma inmediata desde octubre, cuando entre en vigencia el reglamento para impulsar el factoring, emitido por el gobierno.

Las facturas negociables que emitan estas empresas tendrán la característica de cualquier título valor, lo que permitirá la negociación de las mismas y su transferencia a los bancos.

Además, la sola presentación de la constancia de entrega de la factura negociable (a su comprador) será suficiente para que la mipyme pueda transferirla al banco y así obtener capital de trabajo de forma inmediata.

Con la norma previa, la mipyme proveedora estaba obligada a esperar ocho días hábiles para poder iniciar la negociación del documento.

"La Ley 30308 establecía que era necesario contar con una constancia de recepción de la factura; la nueva norma señala que no se necesita constancia de recepción sino solo de entrega", dijo Héctor Campos, especialista del Estudio Linares Abogados.

"La constancia de entrega no implica conformidad sobre el contenido de la factura negociable, pues el comprador tiene un plazo de ocho días para impugnar el contenido de la factura (monto, tasa de interés, etc.), pero no impide que el prestador del servicio (la mipyme proveedora) pueda negociar la factura", precisó el abogado.

El fin de semana se publicó el reglamento que promueve el factoring, con el objetivo de proveer de liquidez inmediata y abaratar el financiamiento de las mipymes.

Al ser un título valor, la factura negociable permite a quien la posea ser el beneficiario de todos los derechos. Es transferible por endoso, y se origina en una transacción de venta de bienes o servicios al crédito.

Como todo título valor, la factura negociable tiene mérito ejecutivo (facilita sustancialmente su cobranza, en caso el obligado a pagarla incumpla), lo que la hace más atractiva para la banca.

Aceptación

La norma establece que la empresa que recibe el bien o servicio (cliente) tendrá ocho días hábiles, luego de recibida la factura negociable, para interponer alguna observación sobre la misma. Si luego del plazo no impugna el documento, se dará como aceptado.

Si se realiza alguna observación al documento antes de los ocho días, y este ya fue transferido a un banco, la institución financiera asumirá la impugnación, detalló Campos. Advirtió que se fijan sanciones a aquellas empresas que restrinjan o limiten la transferencia de la este tipo de comprobantes.

La factura negociable será la tercera copia de la factura común, y deberá formar parte de los talonarios que utilicen las mipymes. Sunat, en un plazo de 90 días, dispondrá los mecanismos para supervisar que las imprentas cumplan con incorporar esta tercera copia.

las claves

1Plazo. Las empresas grandes o medianas que compran a pymes tienen sus propias políticas de pago, que contemplan la cancelación de las facturas en un plazo de 30 a 90 días.

2Cobros. Con la nueva norma, las pymes podrán transferir la factura negociable al banco. Este le entrega el importe de la misma con cierto descuento (tasa de interés); y luego cobra a la empresa compradora.

Fuente: Gestion.pe

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