Si un bien fue adquirido por la sociedad conyugal antes del 1.1.2004 y vendido después de esa fecha, el resultado no estará afecto al Impuesto a la Renta como ganancia de capital, sin importar que, previamente a la enajenación, el bien haya sido materia de partición por el cambio de régimen de sociedad de gananciales a separación de patrimonios.
Investigan envenenamiento masivo de mascotas en parques de San Isidro
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La Municipalidad del distrito dispuso la clausura temporal de varios
parques tras registrarse casos de mascotas afectadas en distintas zonas,
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Hace 2 horas.
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