Cuando un contribuyente es generador de rentas de tercera categoría que no se haya inscrito en el RUC, y es detectado por la SUNAT realizando actividades, entonces habrá cometido infracción según la Tabla I de Infracciones y Sanciones del TUO del Código Tributario.
Pero si el contribuyente realiza su inscripción en el RUC y se acogerse al Régimen Especial del Impuesto a la Renta – RER o al Nuevo Régimen Único Simplificado – RUS, declarando en la inscripción del RUC a la fecha de inicio de sus actividades generadoras de rentas de tercera categoría, será aceptado legalmente acogido a dichos regímenes desde la suscripción al RUC.
Informe N° 109-2010-SUNAT2B0000 Inscripción en el RUC
Cuatro años de expansión sostenida de la planilla pública
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Por nivel de gobierno, el Gobierno Nacional gastó S/42.521 millones (50%
del total), lo que implica un aumento del 23,6% respecto al 2021.
Hace 33 minutos.