La formulación de los informes técnicos que tienen por objeto revaluaciones voluntarias y bajas de activos para fines del impuesto a la renta no requiere ser efectuada por un profesional independiente respecto al contribuyente. Sin perjuicio de ello, en el caso de revaluaciones voluntarias, el informe técnico deberá ser efectuado por un tasador cualificado profesionalmente, y en el caso de bajas de activo, por un profesional competente colegiado.
José María Balcázar logra usar su investidura presidencial para suspender
juicio en su contra
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El Poder Judicial aceptó pedido del mandatario para aplazar hasta agosto el
juicio oral en su contra por presunta difamación. El ICAL advierte que
también ...
Hace 1 hora.
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