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domingo, 25 de noviembre de 2012
Fwd: El crecimiento de las exportaciones peruanas a los mercados emergentes
Cosas que perdí
Me quedé con las ganas de sujetar el tiempo, para no perder tantos días, que pudieron haber sido felices.
Me quedé con tantos sueños sin realizar, con deseos de que tantas cosas perduraran y tal vez de que otras, nunca hubiesen llegado.
Me perdí tantas cosas en el camino por la vida, que hoy sin nunca haberlas tenido las extraño, porque se que estuvieron ahí y no detuve la marcha para tomarlas.
Me perdí tantas sonrisas de los que más me importaban, por no haber llegado a tiempo.
Si pudiera volver atrás, nada de lo perdido sería igual y no sería mi vida, la vida mía, sino la de alguien más.
Sólo tras lo que llamamos fracasos, sentimos una sensación inmensa de pérdida en nuestro interior, pero al paso del tiempo vemos que los errores sí nos fortalecen y es lo que hace nuestra vida única y sólo nuestra.
Me quedé con tantos sueños sin realizar, con deseos de que tantas cosas perduraran y tal vez de que otras, nunca hubiesen llegado.
Me perdí tantas cosas en el camino por la vida, que hoy sin nunca haberlas tenido las extraño, porque se que estuvieron ahí y no detuve la marcha para tomarlas.
Me perdí tantas sonrisas de los que más me importaban, por no haber llegado a tiempo.
Si pudiera volver atrás, nada de lo perdido sería igual y no sería mi vida, la vida mía, sino la de alguien más.
Sólo tras lo que llamamos fracasos, sentimos una sensación inmensa de pérdida en nuestro interior, pero al paso del tiempo vemos que los errores sí nos fortalecen y es lo que hace nuestra vida única y sólo nuestra.
Atentamente,
Presentación Calderón Neyra
Contador Publico Colegiado
Jr. Beunos Aires, Mz. "D" - Lote 16, Sicuani - Ate Vitarte
RPM: #988073982
Contador Publico Colegiado
Jr. Beunos Aires, Mz. "D" - Lote 16, Sicuani - Ate Vitarte
RPM: #988073982
RPC: 986661919
El Sabio y el Rey
La forma de decir las cosas puede cambiar el ánimo y disposición de quienes te escuchan.
Un Rey soñó que había perdido todos los dientes. Después de despertar, mandó llamar a un Sabio para que interpretase su sueño.
- ¡Qué desgracia mi señor! - exclamó el Sabio – Cada diente caído representa la pérdida de un pariente de vuestra majestad.
- ¡Qué insolencia! - gritó el Rey enfurecido - ¿Cómo te atreves a decirme semejante cosa? ¡Fuera de aquí!
Llamó a su guardia y ordenó que le dieran cien latigazos.
Más tarde ordenó que le trajesen a otro Sabio y le contó lo que había soñado. Este, después de escuchar al Rey con atención, le dijo:
- ¡Excelso señor! Gran felicidad os ha sido reservada. El sueño significa que sobrevivirás a todos vuestros parientes.
Se iluminó el semblante del Rey con una gran sonrisa y ordenó que le dieran cien monedas de oro.
Cuando éste salía del Palacio, uno de los cortesanos le dijo admirado:
- ¡No es posible! La interpretación que habéis hecho de los sueños es la misma que el primer Sabio. No entiendo porque al primero le pagó con cien latigazos y a ti con cien monedas de oro.
- Recuerda bien amigo mío - respondió el segundo Sabio - que todo depende de la forma en el decir… uno de los grandes desafíos de la humanidad es aprender a comunicarse. De la comunicación depende, muchas veces, la felicidad o la desgracia, la paz o la guerra. Que la verdad debe ser dicha en cualquier situación, de esto no cabe duda, mas la forma con que debe ser comunicada es lo que provoca en algunos casos, grandes problemas.
La verdad puede compararse con una piedra preciosa. Si la lanzamos contra el rostro de alguien, puede herir, pero si la envolvemos en un delicado embalaje y la ofrecemos con ternura, ciertamente será aceptada con agrado.
"El hombre ha recibido el don de la palabra… y cuando la emplea adecuadamente transmite mensajes que nos ayudan a ser mejores. "
Atentamente,
Presentación Calderón Neyra
Contador Publico Colegiado
Jr. Beunos Aires, Mz. "D" - Lote 16, Sicuani - Ate Vitarte
RPM: #988073982
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RPC: 986661919
domingo, 26 de agosto de 2012
sábado, 28 de julio de 2012
sábado, 16 de junio de 2012
¡Feliz Día del Padre!
Que si no juegas ahora conmigo,
cuando tu quieras hacerlo ya habrè crecido.
Que la armonìa entre tù y mamà
me darà seguridad ante la vida y
harà de mì un triunfador o un frustrado.
Que de tu amor depende mi capacidad
de amar cuando sea adulto.
Que soy muy feliz cuando me llevas
dormido hasta mi cama.
Que lo que yo aprendo contigo
lo recordarè toda la vida.
Que si oramos juntos
aprendo a comunicarme con Dios.
Que el amor y respeto
que demuestres por nuestros semejantes
serà el amor y el respeto
que yo les tenga cuando sea adulto.
Que yo tambièn tengo intereses personales.
Que me gusta tomar parte en las decisiones familiares.
Y Que te necesito como mi mejor amigo!.
cuando tu quieras hacerlo ya habrè crecido.
Que la armonìa entre tù y mamà
me darà seguridad ante la vida y
harà de mì un triunfador o un frustrado.
Que de tu amor depende mi capacidad
de amar cuando sea adulto.
Que soy muy feliz cuando me llevas
dormido hasta mi cama.
Que lo que yo aprendo contigo
lo recordarè toda la vida.
Que si oramos juntos
aprendo a comunicarme con Dios.
Que el amor y respeto
que demuestres por nuestros semejantes
serà el amor y el respeto
que yo les tenga cuando sea adulto.
Que yo tambièn tengo intereses personales.
Que me gusta tomar parte en las decisiones familiares.
Y Que te necesito como mi mejor amigo!.
viernes, 18 de mayo de 2012
sábado, 12 de mayo de 2012
jueves, 3 de mayo de 2012
IMPACTO LEY 29720
Impacto generado la ley 29720, con respecto los estados financieros auditados para la Superintendencia de Mercado de Valores, empresas que superen las 3,000 UIT.
lunes, 30 de abril de 2012
¡Feliz día del trabajador!
EL TRABAJO
(1 DE MAYO DIA INTERNACIONAL DEL TRABAJO)
que dignifica y eleva al ser humano!
Conviene madrugar y levantarse temprano
para no andar mendigando en andrajos.
Trabajo, yugo esclavo, laburo,
no importa como tu lo denomines
lo que importa es que lo termines
para tener un próspero futuro.
Que el trabajo no llegue a ser tu cruz
hazlo con la máxima eficiencia
hazlo con coraje y con conciencia
porque el trabajo honrado es salud.
Cuando tengas mucho no te quejes
pues están los que poco tienen.
Piensa en los que se mantienen
con las sobras de lo que tú dejes.
Solo cuando el campo sea regado
con el sudor del trabajo humano,
y no con la sangre de un soldado
solo así el mundo habrá avanzado.
Aprende a valorizar tu trabajo
y disfruta luego del descanso,
merecerás disfrutar de tu salario,
y de tu familia obtendrás el agasajo.
(1 DE MAYO DIA INTERNACIONAL DEL TRABAJO)
que dignifica y eleva al ser humano!
Conviene madrugar y levantarse temprano
para no andar mendigando en andrajos.
Trabajo, yugo esclavo, laburo,
no importa como tu lo denomines
lo que importa es que lo termines
para tener un próspero futuro.
Que el trabajo no llegue a ser tu cruz
hazlo con la máxima eficiencia
hazlo con coraje y con conciencia
porque el trabajo honrado es salud.
Cuando tengas mucho no te quejes
pues están los que poco tienen.
Piensa en los que se mantienen
con las sobras de lo que tú dejes.
Solo cuando el campo sea regado
con el sudor del trabajo humano,
y no con la sangre de un soldado
solo así el mundo habrá avanzado.
Aprende a valorizar tu trabajo
y disfruta luego del descanso,
merecerás disfrutar de tu salario,
y de tu familia obtendrás el agasajo.
ALCANCES DEL NUEVO “REGIMEN ESPECIAL DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS – CAS”
De acuerdo a la nueva ley Nº
29849, dispone algunos alcances y modificaciones al Decreto Legislativo Nº 1057
hasta el año 2013, que se iniciara la eliminación progresiva de los
trabajadores del “Régimen Especial de
Contratación Administrativa de Servicios – CAS”, pasando al nuevo régimen del
servicio civil.
Se define, que es un contrato de modalidad
especial de contratación laboral, que no se encuentra sujeta a la Ley de Bases
de la Carrera Administrativa, al régimen laboral de la actividad privada ni a
otras normas que regulan carreras administrativas especiales y que es de carácter
transitorio.
Las instituciones públicas que
pueden contratar a servidores bajo la modalidad del CAS son el Poder Ejecutivo,
incluyendo los Ministerios y organismos públicos, de acuerdo a la Ley Orgánica
del Poder Ejecutivo; el Congreso de la Republica; el Poder Judicial; los
organismos constitucionalmente autónomos, Gobiernos Regionales y locales,
Universidades Publicas y las demás entidades públicas que su actividad estén sujeta
a normas comunes.
No comprende en el ámbito del CAS
los contratos financiados directamente por entidades de cooperación
Internacional con cargo a sus propios recursos; los contratos a través de
organismos internacionales que mediante convenio administran recursos del
estado peruano para fines de contratación de personal altamente calificado; los
contratos del Fondo de Apoyo Gerencial; las modalidades formativas laborales;
la prestación de servicios, consultoría, asesoría o cualquier otra modalidad
contractual de prestación de servicios independientes que se realizan fuera de
la entidad. Además no están los cargos designados por resolución, según las
disposiciones legales y reglamentarias que regulan la materia.
Derechos de los servidores de
contratos mediante el CAS son:
- Remuneración a percibir, no menor a la remuneración
mínima establecida legalmente.
- Jornada máxima de trabajo 8 horas diarias
y 48 horas semanales
- Descanso semanal obligatorio de 24 horas
- Tiempo de refrigerio, no forma parte de
la jornada de trabajo
- Aguinaldo por fiestas patrias y navidad
- Vacaciones remuneradas de 30 días
naturales, por cada año de trabajo cumplido y percibirá el integro de su remuneración.
- Licencia con goce de haber por
maternidad, paternidad y otras licencias que tiene derecho el servidor.
- Gozar de la ley de seguridad y salud en
el trabajo
- A la libertad sindical conforme al
decreto supremo 010-2003-TR y reglamentarias.
- Afiliarse a un régimen de pensiones,
pudiendo elegir entre el Sistema Nacional de Pensiones SNP o a al Sistema
Privado de Pensiones AFP
- Afiliación al régimen contributivo que
administra ESSALUD; teniendo como base máxima al 30% de la UIT vigente del
ejercicio por cada asegurado.
- Recibir al finalizar su contrato un
certificado de trabajo.
Para mayor información puede descargar la normativa: https://skydrive.live.com/?cid=e32dd6388d3fa9bd#cid=E32DD6388D3FA9BD&id=E32DD6388D3FA9BD%21675&sc=documents
sábado, 28 de abril de 2012
El CONTADOR Y SAN PEDRO
Murió un Contador y se fue a Las puertas del Cielo.
Sabido es que los Contadores por su honestidad siempre van al cielo.
San Pedro buscó en su archivo, pero últimamente andaba un poco desorganizado y no lo encontró en el montón de papeles, así que Le dijo:
'Lo lamento, no estás en listas.... '.
De modo que el Contador se fue a la puerta del infierno, rápidamente le dieron albergue y alojamiento .
...Poco tiempo pasó y el Contador se cansó de padecer Las miserias del infierno, asi que se puso a diseñar y construir mejoras.
Con el Paso del tiempo, ya tenían ISO´s 9000-14000 begin_of_the_skype_highlightin g 9000-14000 end_of_the_skype_highlighting, 18000,21000, SAP R3, monitoreo de cenizas, aire acondicionado, inodoros automáticos, escaleras eléctricas, redes de comunicaciones con fibra optica, programas de mantenimiento predictivo, sistemas de control field bus y Hart, sistemas de control de acceso mediante huella digital, etc etc etc etc
Y el Contador se convirtió en la adquisición más rentable en millones de años para el infierno..
Un día Dios llamó al Diablo por teléfono y con tono de sospecha le preguntó:
'¿Y qué..... cómo están por allá en el infierno?'
¡¡Estamos a toda madre!! contestó el diablo....Estamos certificados ISO 9000,14000,18000,21000, tenemos sistema de monitoreo de cenizas, aire acondicionado, inodoros con drenaje mediante sensor infrarojo, escaleras eléctricas con control automático de carga, equipos electrónicos para controlar el ahorro de energía, Internet inalámbrico 811.02.g, etc.
Apunta por favor mi dirección de email : eldiablofeliz@infierno.com .. por si algo se te ofrece
Dios preguntó entonces
¿Qué acaso TIENEN un Contador allí?
El diablo contestó...................si ¡¡ style="color: rgb(161, 226, 255);">
Esto es un ENORME y GARRAFAL ERROR.
Nunca debió haber llegado ahí un Contador
¡Los Contadores siempre van al cielo, eso está escrito y resuelto para todos los casos!
¡Me lo mandas inmediatamente!'.
¡Ni loco!. Dijo el diablo..........
Me gusta tener un Contador de planta en esta organización... Y me voy a quedar con él eternamente'..
'Mándamelo o...... ¡¡TE DEMANDARÉ!!...'.
Y el Diablo, con la vista nublada por la tremenda carcajada que soltó,
Le contestó a Dios: ¿Ah Sí?? ....y por curiosidad...
¿DE DÓNDE VAS A SACAR UN ABOGADO?' si todos estan aqui!!
Moraleja...................... . ..........
HAY QUE ENTENDER A LOS CONTADORES,
AMARLOS, BENDECIRLOS Y
DARLE GRACIAS A DIOS POR HABERLOS CREADO!!
Sabido es que los Contadores por su honestidad siempre van al cielo.
San Pedro buscó en su archivo, pero últimamente andaba un poco desorganizado y no lo encontró en el montón de papeles, así que Le dijo:
'Lo lamento, no estás en listas.... '.
De modo que el Contador se fue a la puerta del infierno, rápidamente le dieron albergue y alojamiento .
...Poco tiempo pasó y el Contador se cansó de padecer Las miserias del infierno, asi que se puso a diseñar y construir mejoras.
Con el Paso del tiempo, ya tenían ISO´s 9000-14000 begin_of_the_skype_highlightin
Y el Contador se convirtió en la adquisición más rentable en millones de años para el infierno..
Un día Dios llamó al Diablo por teléfono y con tono de sospecha le preguntó:
'¿Y qué..... cómo están por allá en el infierno?'
¡¡Estamos a toda madre!! contestó el diablo....Estamos certificados ISO 9000,14000,18000,21000, tenemos sistema de monitoreo de cenizas, aire acondicionado, inodoros con drenaje mediante sensor infrarojo, escaleras eléctricas con control automático de carga, equipos electrónicos para controlar el ahorro de energía, Internet inalámbrico 811.02.g, etc.
Apunta por favor mi dirección de email : eldiablofeliz@infierno.com .. por si algo se te ofrece
Dios preguntó entonces
¿Qué acaso TIENEN un Contador allí?
El diablo contestó...................si ¡¡ style="color: rgb(161, 226, 255);">
Esto es un ENORME y GARRAFAL ERROR.
Nunca debió haber llegado ahí un Contador
¡Los Contadores siempre van al cielo, eso está escrito y resuelto para todos los casos!
¡Me lo mandas inmediatamente!'.
¡Ni loco!. Dijo el diablo..........
Me gusta tener un Contador de planta en esta organización... Y me voy a quedar con él eternamente'..
'Mándamelo o...... ¡¡TE DEMANDARÉ!!...'.
Y el Diablo, con la vista nublada por la tremenda carcajada que soltó,
Le contestó a Dios: ¿Ah Sí?? ....y por curiosidad...
¿DE DÓNDE VAS A SACAR UN ABOGADO?' si todos estan aqui!!
Moraleja......................
HAY QUE ENTENDER A LOS CONTADORES,
AMARLOS, BENDECIRLOS Y
DARLE GRACIAS A DIOS POR HABERLOS CREADO!!
jueves, 26 de abril de 2012
IMPORTANCIA DEL FLUJO DE CAJA EN LAS EMPRESAS
¿Qué significa flujo de caja? Son las entradas y salidas del efectivo, esperadas para su ejecución en las actividades de la empresa, dentro de un periodo de tiempo.
El flujo de caja es importante, ya que permite observar
el comportamiento diario del movimiento de caja, tanto de entradas como de
salidas en un lapso del tiempo determinado.
Su propósito es demostrar de donde vendrán los ingresos y
como serán usados dichos fondos. El flujo nos indica que si la empresa genera
suficiente dinero, para hacer frente a sus necesidades que debe asumir en
efectivo en las actividades de la empresa.
La ventaja de utilizar un flujo de caja presupuestado son
muchas, ya que facilita las decisiones de la empresa, entre ellas son:
Nos hace pensar en el plan de actividades en el tiempo
estimado.
Permite analizar el plan y hacer los ajustes necesarios.
Permite estimar créditos y la capacidad de pago y nos
indica cuando es necesario dicho crédito.
Permite controlar la situación financiera de la
empresa en la ejecución de sus actividades.LA AUDITORIA INTERNA EN LAS EMPRESAS
Por: Presentación Calderón Neyra /
Teléf. 988073982 / 986661919
La auditoría interna es una de los ejes principales
del gobierno corporativo, junto con el consejo directivo, la alta dirección y
la auditoría externa. La auditoría interna es una valiosa ayuda para los
miembros del comité de auditoría ya que permite un aseguramiento del objetivo
de los procesos de gobierno, gestión de riesgos y control de calidad, para
lograr la eficacia en sus actividades.
La auditoría interna, debe contar con recursos
adecuados, personal calificado y seguir el enfoque de reconocido internacional.
Dado por el Instituto de Auditores Internos (The Institute of Internal Auditors
- IIA) y el Marco para la Práctica Profesional (MPP) que comprende las Normas
Internacionales para el Ejercicio Profesional de la Auditoría Interna, el
Código de Ética y los Consejos para la Práctica Profesional.
El propósito, la autoridad y la responsabilidad de
la actividad de auditoría interna deben estar formalmente definidos en un
estatuto, de conformidad con las Normas, y estar aprobado por el comité de
auditoría de la organización.
Una actividad de auditoría interna eficaz actúa como
un servicio de aseguramiento y consultoría independiente y objetivo, concebido
para agregar valor y mejorar las operaciones de una organización.
Ayuda a la organización a cumplir sus objetivos,
aportando un enfoque sistemático y disciplinado para evaluar y mejorar la
eficacia de los procesos de gestión de riesgos, control y gobierno.
Al actuar con integridad, los auditores internos
establecen confianza y proporcionan la base para confiar en su criterio
profesional. Los auditores internos desempeñan su trabajo con honestidad, observando
la ley, a la vez que contribuyen a los objetivos legítimos y éticos de la
organización.
Los auditores internos respetan el valor y la
propiedad de la información que reciben y no divulgan información sin la
apropiada autorización, a menos que haya una obligación legal o profesional
para hacerlo. Los auditores internos deben utilizar la información con
prudencia y no para su beneficio personal.
lunes, 12 de marzo de 2012
ESTA PROHIBIDO OBLIGAR A LOS PADRES DE FAMILIA A COMPRAR TEXTOS ESCOLARES
La ley Nº 29694 estable medidas
de protección a los padres de familia contra las prácticas abusivas en la
comercialización de los textos educativos, pero es lamentable en cada campañas
escolar algunas empresas vulneran el mercado y el derecho del consumidor;
mientras que nuestros legisladores en vez de buscar medidas correctivas caen en
el facilismo de emitir una norma legal de forma apresurada sin entender sus
consecuencias.
Tal
es el caso que el 3 de marzo de 2012 se publicó la ley Nº 29839 modificando la
ley antes mencionada considerando por objetivo de mejorar la aplicación en la
adquisición de los textos escolares por parte de los padres de familia y
garantizar el derecho de adquirir textos escolares en las mejores condiciones
de calidad, precio y su uso por varios años. Toda instituciones educativa
públicos o privada de todo nivel queda prohibido obligar a los alumnos y padres
de familia en adquirir textos escolares que estén diseñados para un solo uso,
garantizando a utilizar textos de segundo uso como fuente de consulta o
material de estudio, los centros educativos deben promover el intercambio de
materiales a fin de proteger la economía de los padres de familia. Además
establece que el Ministerio de Educación tendrá la responsabilidad de fijar los
criterios pedagógicos e indicadores de calidad de los textos escolares de la
educación básica.
Es de conocimiento que la
educación es una de las actividades de mayor importancia en el desarrollo del
país, pero como sabemos nuestra educación es administrada por el poder
ejecutivo y que tiene un carácter general su gratuidad, mientras que las
entidades privadas tiene un carácter de onerosidad. El servicio educativo
público y privado es acatado por las disposiciones legales que regulan su
funcionamiento y que están obligadas a cumplir dichas disposiciones emitidas
por el poder ejecutivo, su finalidad es que brinden una educación con los
niveles de calidad necesarios para el desarrollo intelectual y cultural de los
niños, jóvenes y adultos que se encuentran en constante formación.
La educación requiere de
herramientas que sean posible su transferencia de conocimientos de los
profesores o educadores hacia los alumnos, que son trasmitidas a través de los
textos y libros escolares, pero lamentablemente la adquisición de los textos
escolares se ha convertido en un costos muy altos para su adquisición para los
padres de familia y que dichos textos solo sirven para un año y que posterior a
esto ningún escolar pueda usarlos.
Hay algunas empresas editoras
que celebran acuerdos y convenios con las instituciones educativas para promover
su adquisición a cambio de un determinado porcentaje de pago, y que muchas
veces estos libros o textos no contienen la calidad y la exactitud de la
información para los estudiantes. Esto solo sucede con la finalidad de
aprovechar la situación económica y que los padres no tengan ninguna
alternativa para su elección.
Con el fin de evitar el
perjuicio hacia los padres de las instituciones educativas y las editoras, el
congreso de la república emitió la norma Nº 29694 el día 3 de junio del 2011y
su modificatoria según ley Nº 29839, publicado el 03 de marzo de 2012; su
finalidad de esta ley es proteger a los padres de familia de las prácticas
abusivas que se puedan cometer en la comercialización de los libros o textos
educativos; al direccionar la adquisición de los textos con el fin de obtener
un mayor beneficio económico a costa de los padres de familia y de los
educadores.
La ley 29694 está sujeta a la
fiscalización de las entidades competentes como el Ministerio de Educación y el
INDECOPI, cada uno en el ámbito de su competencia con el fin de que se cumpla
en su plenitud dicha norma legal. En caso que se detecte alguna irregularidad
por INDECOPI la sanción de multa va desde 1 a 450 UIT dependiendo de la
gravedad de la infracción y además de la multa se puede acompañar la devolución
del exceso del precio pagado y el cierre de establecimiento.
martes, 28 de febrero de 2012
DECLARACION JURADA ANUAL DEL IMPUESTO A LA RENTA PERSONA NATURAL (Ejercicio gravable 2011)
Están obligadas a
presentar la declaración jurada anual 2011 loas rentas obtenidas en rentas de
1ra. 2da. Y 4ta. Categoría del impuesto a la renta y están obligados los
siguientes:
1.
Las
personas naturales
2.
Las
Sucesión indivisa; son personas o un grupo de personas que reciben una herencia
como patrimonio.
3.
Las sociedades
conyugales domiciliados en el país
Los sujetos obligados a
presentar la declaración jurada anual 2011, deben cumplir las siguientes:
Rentas de 1ra. Categoría: Alquiler de inmuebles y
muebles
- Tenga un crédito a su favor, luego de deducir los créditos con derecho a devolución.
- Tenga un saldo a favor del impuesto a la renta de ejercicios anteriores y estos se apliquen contra el impuesto anual por rentas de primera categoría o contra pagos a cuenta del referido impuesto del periodo 2011.
- Cuando se tenga perdidas tributarias pendientes de compensar al ejercicio gravable 2010 y las impute sobre las rentas de 1ra. Categoría.
Rentas de 2da. Categoría: Enajenación (venta) de
valores mobiliarios
Las ganancias obtenidas
de la enajenación de acciones, participaciones, bonos, títulos y otros valores
mobiliarios, que consignen saldo a favor del fisco después de deducir los
créditos a que tenga derecho.
Rentas de trabajo o rentas de fuente extranjera
- Tenga un saldo a favor del fisco, luego de deducir los créditos con derecho a devolución.
- Que arrastre saldos a favor de ejercicios anteriores y los use contra el impuesto calculado o que se aplique contra los pagos a cuenta por rentas de cuarta categoría durante el ejercicio 2011.
- Se tenga perdidas tributarias pendientes de compensar al ejercicio gravable 2010 y las imputen sobre las rentas netas del trabajo del ejercicio 2011.
- Que hayan percibido por rentas de cuarta categoría por el monto superior a los S/. 31,500 durante el ejercicio 2011.
- La rentas netas obtenidas de cuarta y quinta categoría, más las rentas de fuente extranjera supere los S/. 31,500.
No están obligados a presentar
la declaración jurada anual, las personas que solo hayan percibido rentas de
quinta categoría y los contribuyentes no domiciliados en el país y que tengan
rentas de fuente peruana.
La SUNAT ha elaborado el
archivo personalizado de cada contribuyente que permite incorporar
automáticamente información de las rentas, retenciones y pagos directos en el
PDT al momento de preparar la información para la presentación de la
Declaración Jurada Anual. Además la SUNAT ha desarrollado el PDT Nº 669 o
formulario virtual 669 – Simplificado renta anual personas naturales 2011, para
facilitar a los contribuyentes en el cumplimiento de sus obligación anual de
presentar la declaración.
El plazo para la
presentación de la Declaración Jurada anual del ejercicio 2011 se ha
determinado de acuerdo al último digito de RUC, según cronograma:
ULTIMO DIGITO DE RUC
|
FECHA DE VENCIMIENTO
|
9
|
26 de
marzo de 2012
|
0
|
27 de
marzo de 2012
|
1
|
28 de
marzo de 2012
|
2
|
29 de
marzo de 2012
|
3
|
30 de
marzo de 2012
|
4
|
2 de abril
de 2012
|
5
|
3 de abril
de 2012
|
6
|
4 de abril
de 2012
|
7
|
9 de abril
de 2012
|
8
|
10 de
abril de 2012
|
sábado, 25 de febrero de 2012
Vencimiento: Declaracion Jurada Anual 2011 y DAOT 2011
Vencimiento de la Declaración Jurada Anual, correspondiente al periodo 2011. Para aquellos contribuyentes comprendidos en el Regimen General (Negocios personales o juridicas); ademas las personas naturales comprendidos en las regularación anual de rentas de 1ra, 2da y 4ta categoria. No se consideran para esta declaracion los contribuyentes del RUS y el RER.
Vencimiento de la Declaración de Operaciones con Terceros (DAOT) del periodo 2011; para aquellos contribuyentes que tengan ventas internas o adquisiciones de bienes o servicios sea mayor a 75 UIT's (S/. 270,000).
domingo, 22 de enero de 2012
Aspectos tributarios en las Instituciones Educativas Ejercicio 2012
Las instituciones educativas
particulares son instituciones con personaría natural, sucesiones indivisas,
asociaciones y similares; jurídicamente previstas en el derecho común
societario con o sin ánimos de lucro, con dedicación exclusiva a los servicios
educativos en los distintos niveles y modalidades previstas en la ley de
educación.
De acuerdo a la Constitución
Política del Perú, todas las instituciones educativas y centros educativos, se
encuentran inafectos de todo tipo de impuestos directos e indirectos que
afecten las actividades, servicios y bienes propios de sus fines educativos y
culturales; siempre y cuando sus utilidades sean reinvertidas en sus fines
propias de su actividad, en caso que no reinvierta dicha utilidad debe tributar
el impuesto a la renta; de acuerdo al Decreto Legislativo Nº 882 – Ley de
Promoción de la Inversión en la Educación, en su capítulo II, deja abierta la
posibilidad de gravar el Impuesto a la renta a las Instituciones Educativas
Privadas.
Las academias de preparación
preuniversitaria para el ingreso a universidades u otras instituciones de nivel
superior, reciben el tratamiento establecido para las instituciones educativas
particulares, salvo la inafectación del pago de los derechos arancelarios a las
importaciones y no están afectas al pago del IGV, pero si pagaran el impuesto a
la renta, salvo si están constituidas bajo la modalidad de asociación o
fundaciones que están exoneradas, según ley Nº 29820 que dispone la prórroga hasta
el 31 de diciembre de 2012.
Los centros
pre-universitarios y cursos de extensión universitaria brindados por las
instituciones educativas particulares o publicas mediante cursos, seminarios y
similares, según el numeral 3 del anexo I del D.S. Nº 046-97-EF, comprenden
actividades educativas en estudiantes regulares o no, que puedan conducir a una
certificación y que estén dentro del alcance de las normas y cuente con la
autorización correspondiente, por tanto están inafectas del IGV.
Las rentas obtenidas por
instituciones educativas particulares se consideran rentas de tercera
categoría, por tal están gravados con el impuesto a la renta de acuerdo a las
normas del régimen general, no pudiendo acogerse al régimen especial del impuesto a la renta; salvo que reinvierta sus
utilidades en sus fines propios.
En caso de universidades
particulares constituidas bajo la ley Nº 23733 – ley universitaria, de acuerdo
al artículo Nº 6, dichas instituciones se encuentran exoneras del impuesto a la
renta; de acuerdo a la ley Nº 29820, que dispone la prórroga de las
exoneraciones del artículo 19 de la ley del impuesto a la renta, hasta el 31 de
diciembre de 2012.
Las universidades
constituidas o adecuadas de acuerdo al D.L. Nº 882, se encuentran afectas al
impuesto a la renta, salvo en el caso de asociaciones o fundaciones con fines
educativos y que las rentas obtenidas
sean destinadas a sus fines específicos en el país y no se distribuyan
directa o indirectamente entre sus asociados y que en sus estatutos este
previsto que su patrimonio se destinara a sus fines contemplados en caso de
disolución.
Toda institución educativa
particular y pública no se encuentra gravada con el Impuesto General a las
Ventas – IGV, en la transferencia o importación de bienes y la prestación de
servicios que efectúan dentro de sus fines y de acuerdo a sus estatutos; a
excepción que realicen actividades distintas a la de sus fines educativos,
estarían realizando operaciones gravadas y no gravadas, por tanto el crédito
fiscal debe aplicarse el sistema de prorrata de dicho crédito, según el
artículo 6, numeral 6 del Reglamento de la Ley del IGV.
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