Según la R.S. N° 053-2010/SUNAT de la SUNAT, reducen la Tasa Interes Moratoria (TIM) a partir del 01 de marzo del 2010, aplicables a las deudas correspondientes a tributos administrados y/o recaudados por la SUNAT.
Deudas tributarias en moneda nacional 1.2% y deudas en moneda extranjera el 0.6%
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