martes, 28 de abril de 2015

Se endurecerá el acceso al fraccionamiento tributario

Nuevos reglamentos de aplazamiento y/o fraccionamiento de la deuda se publicarían esta semana. También se incluirá en este esquema a las regalías mineras.

La Sunat prepublicó dos nuevos proyectos de reglamento de aplazamiento y fraccionamiento de las deudas tributarias y otro que permitirá acceder a un refinanciamiento adicional (ver opinión). Ambos podrían publicarse esta semana.

Entre las novedades que incorpora el nuevo reglamento de fraccionamiento de la deuda tributaria, está la reducción de los plazos máximos del fraccionamiento de 72 meses a 48 meses (ver cuadro).

Asimismo, el condicionamiento al pago de cuotas iniciales y garantía (carta fianza o hipoteca), dependiendo del comportamiento del contribuyente.

Así, de aprobarse el nuevo reglamento de fraccionamiento por deudas de S/. 3,850, se podría pagar una cuota inicial de 15% , y sobre los montos superiores a S/. 38,500 hasta 30% (ver cuadro). En ningún caso será menor al 8% de la UIT (S/. 308).

Con la legislación vigente, no hay cuota inicial, y el fraccionamiento se divide en cuotas uniformes, recuerda el experto Guillermo Grellaud.

Asimismo, explica que el nuevo reglamento de fraccionamiento incorpora un nuevo procedimiento en cuanto a las garantías (carta fianza o hipotecas), en donde además no se admite la garantía mobiliaria.

Por su parte, el tributarista Jorge Picón añade que con la regulación actual, por ejemplo, se requieren garantías solo en deudas superiores a S/. 1.1 millones, se trata de un endurecimiento de las normas tributarias con las nuevas medidas.

Respecto al reglamento del financiamiento adicional, Picón indica que los requisitos son más estrictos cuando el contribuyente incumpla el pago.

Una mejora en la regulación es que el proyecto indica que vencido el plazo de la DJ anual de IR de capital y/o trabajo, se podrá presentar la solicitud de fraccionamiento a los 5 días hábiles siguientes al vencimiento de la DJ, detalla Grellaud.

No obstante, en el caso de la regularización del IR de tercera categoría, la prohibición para acceder continúa en el plazo de dos meses.Otro requisito que se incorpora para acceder al fraccionamiento es que no se debe contar con saldos en la cuenta de detracciones ni ingresos por recaudación pendientes de imputación por parte del deudor tributario, indica.

Regalías minerasAsimismo, se incluye a la regalía minera y el gravamen especial a la minería en la definición de deuda tributaria, en la nueva regulación, con lo cual, a pesar de no ser un tributo, se permitirá acogerlas al fraccionamiento, anota el especialista.

OPINIÓN
Walker Villanueva
Abogado tributarista
Refinanciar lo ya refinanciado

La Sunat permitirá que el contribuyente acceda a un refinanciamiento de lo ya refinanciado, de aprobarse el reglamento para acogerse al aplazamiento y/o fraccionamiento por el saldo de la deuda anteriormente
refinanciada.

Actualmente, una deuda tributaria se puede fraccionar o aplazar y fraccionar por 72 meses, y luego de acceder a este beneficio, solo se puede refinanciar por única vez hasta otros 6 años adicionales.
Pero, en caso de nuevos problemas de liquidez, el contribuyente no podría acceder a otro financiamiento.

Esta situación, de aprobarse el proyecto de resolución, sí se permitirá y accedería a un tercer refinanciamiento en un máximo de 48 meses, que contempla además otras condiciones de garantía de la deuda.

Fuente: Diario Gestión (28/04/2015)

¿Es obras por impuestos un mecanismo de RSE?

Opinión: Carlos Casabonne
Geente general de Urbi Propiedades

He enfrentado esta pregunta cuando converso con gerentes de empresas que evalúan usar el mecanismo de obras por impuestos (OxI). Creo que la respuesta es un rotundo sí, por cuatro razones:

1. Permite ejecutar proyectos públicos según las principales necesidades de la población. Los proyectos que se ejecutan bajo este mecanismo atienden necesidades no cubiertas y este prioriza los recursos disponibles, acelerando así inversión en proyectos que atienden necesidades concretas.

2. Los proyectos se ejecutan yendo más allá de lo exigido por la ley. Este es un mecanismo voluntario y las empresas que lo usan verdaderamente quieren contribuir con la comunidad. Por ello, suelen asegurarse que los proyectos en los que invierten sean completos, integrales y sostenibles en el tiempo.

3. Genera valor compartido y, a través de este, estrecha el lazo público-privado. El mecanismo permite aprovechar los recursos financieros y técnicos de las empresas, para acelerar las inversiones públicas y generar valor compartido en la comunidad donde desarrollan su negocio. Los privados ayudan a dar solución a las necesidades de la comunidad a través de la ejecución de proyectos que, bajo el esquema tradicional de inversión pública, podrían tardar años en materializarse. Este proceso abre un canal de comunicación entre el sector público y privado que los ayuda a ambos a entenderse mutuamente y trabajar por el mismo objetivo.

4. Promueve el desarrollo y contribuye a la reducción de brechas. Las empresas priorizan sus inversiones en los proyectos de mayor impacto. Y el mecanismo OxI no es la excepción. La priorización de rubros y zonas contribuye significativamente en la reducción de las brechas en el país.

Hoy existe un potencial de inversión de más de US$ 10,000 millones. Sin embargo, no se ha usado más del 5%. Es tiempo que más empresas se animen a participar. Sus programas de Responsabilidad Social Empresarial (RSE) se verán potenciados con el desarrollo de proyectos de inversión pública, ya que al reducir brechas sociales, cada sol invertido tendrá un impacto mayor al tradicional, generando un círculo virtuoso de efectos positivos en las poblaciones beneficiadas.

Fuente: Diario Gestión (28/04/2015)

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