lunes, 6 de octubre de 2014

¿NIIF en los Colegios? A propósito de la experiencia chilena

IFRS PYMES: Una asignatura pendiente en liceos técnicos comerciales de Chile

Una iniciativa de la Universidad de Chile busca apoyar formativamente a los docentes en la teoría e implementación de esta norma con el fin de que los estudiantes enfrente el mercado laboral hablando un lenguaje en "común" y actual.

Autor: Fernando Zúñiga

Era julio de 2014, cuando un grupo de académicos del Centro de Contabilidad y Transparencia Informativa (CTI) de la Facultad de Economía y Negocios de la Universidad de Chile, implementaron un plan piloto para capacitar a docentes de asignaturas contables de colegios técnicos comerciales de Santiago de Chile que entregan el título de ayudante de contador.

La iniciativa tenía como objetivo apoyar formativamente a los docentes en la teoría e implementación de las Normas Internacionales de Información Financiera (IFRS) para Pequeñas y Medianas Empresas (PYMES), emitida por la IASB (International Accounting Standard Board), cuya aplicación se volvió obligatoria a partir del 1 de enero de 2013 en el país.

Sin embargo, el plan también respondía a una tendencia que se estaba generando en este tipo de establecimientos escolares; los profesores que están enseñando contabilidad, en su mayoría, no estarían capacitados en la aplicación de la norma y por ende estarían desactualizados en materia contable, enseñando conceptos más tributarios que financieros.

Para el director académico del CTI, Luis Jara, esto estaría afectando principalmente a los estudiantes, quienes se estarían enfrentando a un mercado "hablando" un lenguaje obsoleto en materia contable.

"La idea es que los profesores enseñen cosas contingente en términos contables y desarrollen nuevas competencias para que los estudiante de estos establecimientos sean más demandado", afirmó el académico.

Jara agregó además que el foco está puesto en las PYMES, ya que la tónica es que los estudiantes de estas instituciones de educación encuentren empleo en este tipo de empresas. "Las grandes compañías, que aplican otra norma más compleja, llenan sus cupos con profesionales de institutos o universidades".

Tras la aceptación y la participación de cinco liceos de la Región Metropolitana, el CTI pretende volver a dictar los cursos gratuitos con regularidad en la capital, retomando en enero y julio de 2015.

La modalidad de aprendizaje, se aplica en 8 sesiones de 4 horas (32 horas en total), por medio de clases expositivas, lecturas obligatorias, material de apoyo, resolución de ejercicios prácticos, análisis de las normas y de documentos asociados.

Si bien esta iniciativa sólo cubre el radio de Santiago, Luis Jara, no descarta que el modelo se pueda replicar en las universidades a nivel regional en el segundo semestre del próximo año, para que más profesores puedan interpretar los conceptos, criterios y métodos para adoptar o utilizar la IFRS para PYMES en la elaboración y presentación de información financiera en beneficio de los estudiantes chilenos.

Cabe destacar que la selección de los liceos comerciales se basa en un catastro que realiza un comité del CTI de la Universidad de Chile.

Fuente: http://mba.americaeconomia.com/

¿Quieres saber por qué la productividad no es solo una problema de producción?


Flexibilidad

Una buena parte de los problemas que esta situación puede generar vienen derivados de la sensación de menos tiempo personal que produce el acortamiento de los días. Resulta una buena idea flexibilizar en la medida de lo posible las horas de trabajo para de este modo poder aumentar la sensación de control sobre nuestra producción, es una idea que no todos pueden poner en práctica de manera clara, pero, se debiera aplicar en la medida de lo posible, incluso en entornos poco flexible a través de las posibles variaciones de determinados horarios de entrada y salida.

Objetivos

Ahora más que nunca pueden ser relevantes los objetivos a corto plazo. Saber establecer objetivos a corto plazo impide en principio el desarrollo de grandes estrategias a largo plazo, o de sensaciones de carga de trabajo excesivas largo del tiempo. Por el contrario las estrategias a corto plazo y los objetivos para pequeños periodos de tiempo, se tornan más dinámicos, y, además, ofrecen la ventaja de la satisfacción de la productividad cumplida cada menos tiempo.

Ambiente de trabajo

Este empieza a ser un momento del año en el que corremos el riesgo de que nuestra oficina, por ejemplo, esté demasiado caliente o demasiado fría. Es un momento un poco complicado para la elección del ambiente de trabajo lo que a temperatura se refiere, pero, esto es importante ya que tanto un exceso de calor como un exceso de frío son grandes amigos de la falta de productividad más en una situación de factores de riesgo añadido como la de este cambio horario. Es importante tratar de adecuar las temperaturas a todos, y en todo caso, proporcionar la posibilidad de gestionar en la medida de lo posible los espacios propios de trabajo en lo que a temperatura se refiere.

Alimentación

Siempre es un elemento básico directamente relacionado con la productividad, más en una época como el otoño y el invierno donde, tras el cambio horario, a partir de determinadas horas la sensación de cansancio puede tener mucho que ver con lo que hayamos ingerido en la comida más las propias sensaciones que el día corto nos proporciona. Es muy interesante organizar una dieta saludable, evitar las comidas excesivamente copiosas, repartir las indigestas a lo largo de todo el día procurando que nuestra dieta sea rica también en verduras y frutas (algo que olvidamos con demasiada frecuencia en invierno)

Equipo

Aunque a priori pueda parecer un poco cursi, lo cierto es que el fin del otoño y las sensaciones que los días más cortos producen junto al frío y en general un ambiente climático desapacible, invita a la unión de las personas más que otras épocas del año, Es por tanto también un gran momento para aumentar los niveles de cohesión de los equipos profesionales a través de, no solo las propias estructuras de trabajo si no de acciones en paralelo que perfectamente pueden realizarse dentro o fuera del centro laboral, pero que impliquen al máximo de integrantes del equipo o los equipos.

sábado, 4 de octubre de 2014

Ventaja de ventas en corto de acciones


  1. Las Transferencia Temporal de Valores permitirán a los inversionistas cubrir de forma ágil y efectiva operaciones de venta en corto, operaciones de contado o en última instancia posiciones sobre las cuales exista un riesgo de incumplimiento.

  2. Esto hace aumente la rentabilidad de los portafolios de acciones de los que no quieren vender las acciones, pero ganan un interés por prestarlas. También está hecha para aquellos inversionistas que buscan rentabilidad cuando el precio de las acciones cae.

  3. Así mismo permite realizar con mayor facilidad operaciones de cobertura y arbitraje, dándole mayor profundidad al mercado de acciones tanto de alta como de baja liquidez.

  4. El establecimiento y administración de las garantías necesarias y el modelo de riesgo requerido para Transferencia Temporales de Valores, permitirá cubrir los riesgos asociados a la operación.

  5. Las condiciones de mercado como la prima, la cantidad de valores y plazo solicitado para cada operación, las crea el mercado, no hay intervención por parte de ningún agente externo.

  6. Una posible desventaja es que la operación requiere recursos disponibles por parte del Receptor, las garantías –ya sea en dinero o en títulos- que debe transferir al originador, y los que va a pagar como prima por recibir los títulos prestados. De lo anterior, se deriva que los inversionistas que realicen ventas en corto, deberán tener en cuenta los costos de transacción para el cálculo de su rentabilidad.

Riesgo País

Riesgo país, es un fenómeno muy complejo de características económicas, financieras y políticas; influenciado por el amplio concepto de expectativas, donde la medida de la probabilidad de que un país incumpla las obligaciones financieras correspondientes a su deuda externa.

El riesgo país es el de riesgo soberano, que da lugar a calificaciones crediticias, que a través de las agencias calificadores de riesgos internacionales elaboran las dudas públicas de los países, que son representados en un conjunto de letras y signos o números, que indican el rating o calificación.

El rating indica a los potenciales inversionistas la calidad de la deuda de cada pais, determinando en caso eventuales el rendimiento exigible de una inversión, con la tasa de interés especificada en los instrumentos de deuda.

La calificación crediticia es clasificada en dos grandes niveles:

Grado de inversión.- Es el rating superiores a Ba1, aquí se encuentra los países con probada estabilidad económica y política que alcanzan el requisito exigido por este nivel.

Grado especulativo.- Es el nivel de riesgo en la calificación de valores que podrían llevar, en mayor o menor medida el incumplimiento de pago de intereses o el capital de una inversión.

miércoles, 1 de octubre de 2014

El SISTEMA DE EMISIÓN ELECTRÓNICA DE COMPROBANTES DE PAGO: ¿Estamos preparados?

Por: MARIO ALVA MATTEUCCI

Con el Sistema de Emisión Electrónica a la Administración Tributaria se le facilitan las labores de fiscalización, verificación y control de las obligaciones tributarias, las cuales redundarán en un incremento de la recaudación tributaria, eliminando posibles formas fraudulentas ligadas a la evasión  tributaria en detrimento del sistema de recaudación.

Debemos revisar brevemente dos situaciones.

CON RESPECTO A LOS RECIBOS POR HONORARIOS ELECTRÓNICOS:

Recordemos que a partir del 1 de octubre del 2014 se considera la emisión obligatoria de los recibos por honorarios electrónicos por parte de los prestadores de servicios a la Administración Pública, conforme lo determina el artículo 5º de la Resolución de Superintendencia Nº 374-2013/SUNAT, excluyéndose a los servidores del Régimen CAS. Cabe precisar que  la calidad del emisor electrónico se adquiere cuando ocurran cualquiera de las siguientes situaciones: (i) Por elección del sujeto perceptor de las renta de cuarta categoría (cuando emita el primer recibo por honorario electrónico);  (ii) Por designación de la SUNAT, a partir de la fecha que ésta señale.

 A partir del 1 de enero del 2015 todos los sujetos perceptores de rentas de cuarta categoría que presten servicios a las personas, entidades o empresas que de acuerdo al artículo 74º de la Ley del Impuesto a la Renta sean agentes de retención, independiente del monto del recibo (tenga o no retención). Dentro de este supuesto, también se incluyen a aquellos sujetos que presten servicios a la Administración Pública o se hubieran afiliado o adquirido la calidad de emisor electrónico por elección en el Sistema de Emisión Electrónica de recibos por honorarios electrónico hasta el 31.12.2014.

CON RESPECTO A LAS FACTURAS, BOLETAS DE VENTA, NOTAS DE CRÉDITO Y NOTAS DE DÉBITO ELETRÓNICAS:

Con fecha 30.09.2014 se ha publicado en el Diario Oficial El Peruano la Resolución de Superintendencia Nº 300-2014/SUNAT, en cuyo artículo 1 se ha creado un nuevo Sistema de Emisión Electrónica para facturas, boletas de venta, notas de crédito y notas de débito, el cual  comprende: (i) El Sistema de Emisión Electrónica de facturas, notas de crédito y notas de débito (SEE-SOL); y, (ii) El Sistema de Emisión Electrónica desarrollado desde los sistemas del contribuyente (SEE-Del Contribuyente).

En el caso de los sujetos designados como emisores electrónicos del SEE - Del contribuyente en el artículo 4° y Anexo de la Resolución de Superintendencia N° 374-2013/SUNAT y no excluidos en la Resolución de Superintendencia N° 300-2014/SUNAT, que fueron designados como obligados a partir del 01.10.2014, pueden emitir y otorgar facturas, boletas de venta, notas de crédito y notas de débito, en formatos impresos o importados por imprenta autorizada así como los tickets o cintas de máquinas registradoras desde el 01.10.2014 hasta el 31.03.2015.

En este supuesto, desde el 01.01.2015 hasta el 31.03.2015, los sujetos indicados anteriormente podrán emitir y otorgar los comprobantes mencionados, siempre que al 31.12.2014 cumplan con: (i) Pasar el proceso de homologación para emitir en el SEE – Del contribuyente, de manera satisfactoria, o; (ii) Iniciar la emisión electrónica en el SEE – SOL.

A partir del 01.01.2015 se designa como emisores electrónicos del Sistema de Emisión Electrónica creado en el artículo 1 de la Resolución de Superintendencia Nº 300-2014/SUNAT  a los indicados en el Anexo J de esta norma. Estos contribuyentes deben considerar lo señalado  en el numeral 9.1 del artículo 9º de la citada norma, la cual contiene reglas específicas de emisión de comprobantes electrónicos.

Desde el 01.07.2015 se designa como emisores electrónicos del Sistema de Emisión Electrónica creado en el artículo 1 de la Resolución de Superintendencia Nº 300-2014/SUNAT a los principales contribuyentes nacionales que al 30.09.2014 tengan dicha calidad, siempre que no estén comprendidos en el numeral 8.1 del artículo 8 de la Resolución de Superintendencia Nº 300-2014/ SUNAT o hayan sido excluidos en el numeral 8.2  del artículo 8 de la mencionada norma.

Debe tenerse en cuenta que es un proceso que no tendrá retorno, siendo que la tendencia es contar con mayores elementos electrónicos, ¿Estamos preparados?

Fuente: http://blog.pucp.edu.pe/item/188445/el-sistema-de-emisi-n-electr-nica-de-comprobantes-de-pago-estamos-preparados

¿Conoce las fechas clave para la UTILIZACIÓN DE los RECIBOS POR HONORARIOS ELECTRONICOS?

OBLIGADOS DESDE EL 1 DE OCTUBRE DE 2014

 

Los sujetos perceptores de rentas de cuarta categoría que, de conformidad con el Reglamento de Comprobantes de Pago, deban emitir recibos por honorarios por los servicios que brinden a entidades de la Administración Pública, han sido designados emisores electrónicos de manera obligatoria desde el 01 de octubre de 2014. 

 

 OBLIGADOS DESDE EL 1 DE ENERO DE 2015

Los perceptores de renta de cuarta categoría que, de conformidad con el Reglamento de Comprobantes de Pago, deban emitir recibos por honorarios por los servicios que brinden a las personas, empresas y entidades que sean agentes de retención de rentas de cuarta categoría, han sido designados emisores electrónicos de manera obligatoria desde el 01 de enero de 2015.

 

Para ello se deben tener en cuenta las siguientes normas:

NORMA LEGAL

DESCRIPCIÓN

R. de S. N° 374-2013/SUNAT Art. 5°Designa a los emisores electrónicos de recibos por honorariosObligatoriedad desde el 1 de Octubre de 2014

 

Decreto Supremo N° 026 – 2013-PCMArt. 3°

Registro Unificado de Entidades Estatales

R. de S. N° 182-2008/SUNAT y modificatorias Sistema de Emisión Electrónica de recibos por honorarios electrónicos

 Fuente: http://2014.normacontable.org/conoce-las-fechas-clave-para-la-utilizacion-de-los-recibos-por-honorarios-electronicos/


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