Se resuelve revocar en parte la apelación, en los extremos referidos a los reparos a la cesión en uso de intangibles y a la anotación extemporánea en el registro de compras referidos al Impuesto General a las ventas de 1994, los cuales deben ser levantados, y en lo referido al reparo al Impuesto a la Renta de 1994 por haber considerado un activo como gasto, declárala NULA E INSUBSISTENTE en el extremo referido a las resoluciones de multa Nºs 012-2-10061 y 012-2-10066 y 012-2-10067, debiendo emitir un nuevo pronunciamiento de conformidad con lo expuesto en la presente resolución, CONFIRMANDOLA en lo demás que contiene.Factoring 200041285
REVISA, Dólar BCV en Venezuela: Cotización de hoy y tasa oficial según el
Banco Central
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