Si un bien fue adquirido por la sociedad conyugal antes del 1.1.2004 y vendido después de esa fecha, el resultado no estará afecto al Impuesto a la Renta como ganancia de capital, sin importar que, previamente a la enajenación, el bien haya sido materia de partición por el cambio de régimen de sociedad de gananciales a separación de patrimonios.
Cámaras captan a sicario que disparó a hombre en estación La Cultura: usó
chaleco del Minsa
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El criminal abrió fuego a plena luz del día y luego huyó en la moto lineal
de su cómplice. Álvaro Huamán Triunfo se encuentra internado en estado
crítico.
Hace 35 minutos.