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domingo, 6 de septiembre de 2015

martes, 22 de marzo de 2011

¿Contabilidad Engañosa?

CPC Dionicio Canahua
A continuación voy a comentar en texto extraído del libro: ¿Los felices 90? del Premio Nóbel en Economía Joseph Stiglitz. Cabe señalar que en razón de mi especialidad admiro bastante a esta persona, ya que junto a Amartya Sen constituyen los gurús del enfoque social de la economía.
Primer Curso de Contabilidad Engañosa
(…)
Aunque hace mucho que los contables son blanco de todo tipo de chistes (en general se les considera incluso más aburridos que los economistas), tienen una tarea difícil e importante. Su responsabilidad va MAS ALLA DEL USO MECANICO DE REGLAS.
Consideremos una cuestión relativamente simple como es la depreciación. Tanto desde el punto de vista fiscal como desde el punto de vista contable, se supone que los edificios, por ejemplo, sufren depreciaciones (es decir se consigna una deducción de los ingresos para reflejar la perdida del valor de un activo usado para producir el ingreso) a lo largo de un periodo considerado su vida útil, digamos treinta años. Puesto que las paredes forman parte de un edificio, sus costos también deberían depreciarse, presumiblemente dentro de ese mismo plazo de treinta años.
Pero, ¿que ocurre con las paredes móviles? ¿Se trata de bienes muebles (depreciada en diez años) o inmuebles (treinta años)? Si una firma quiere reducir sus ingresos para pagar menos impuestos, puede preferir caracterizar esas paredes como muebles. Por otro lado, si lo que quiere es inflar sus resultados para resultar más atractiva a los inversores, la firma puede preferir asegurar que estas paredes móviles en realidad no se mueven.
En el pasado, tales maniobras acarreaban un alto coste: significaban más impuestos más altos. Pero en los últimos años, algunos consultores y contables innovadores han encontrado modelos de hacer ambas cosas a la vez, trasladando los gastos del balance a una entidad especial creada expresamente con el objeto de aprovechar las mas rápidas amortizaciones fiscales posibles. Algunas de estas maniobras empezaron a ponerse de moda a principios de los ochenta aunque el contexto entonces era diferente. En aquel tiempo el ethos consistía en evitar tantos impuestos como sea posible, y el gobierno de reagan se afano en proporcionar a las empresas (y ciudadanos acaudalados) un aluvión de nuevas técnicas de fraude fiscal.
(…) Pagina 168
Tomado de
Los felices 90
La semilla de la destrucción
Joseph Stiglitz
Ediciones Taurus
Al respecto también podemos señalar que se producen estas situaciones en nuestro país. Les puedo citar el caso de una entidad sin fines de lucro que durante muchos ejercicios había arrojado pérdidas y estaba altamente endeudada. La directiva aplico las siguientes medidas:
1) Refinancio la deuda a un mayor plazo, pero también se generaron mas altos intereses por pagar
2) De ser una organización gravada con el Impuesto a la Renta (aunque no es el caso) tendría un escudo fiscal por dicha deuda.El punto de análisis era si los intereses deberían o no afectar el gasto contable (esta situación era importante), ya que de afectar el gasto contable generarían ( un aumento del activo!) y por ende una ganancia que generaría utilidades.
Para ello se reviso la Norma Internacional 23 en la cual señalaba que si los gastos financieros estaban relacionados a un Activo Apto se podrían activar dichos intereses. Al respecto la norma señalaba que un Activo Apto necesariamente requiere de un período sustancial de tiempo para estar listo para uso o venta a que está destinado. Para cumplir con este requisito se compro grandes extensiones de terrenos con la finalidad de indicar que el refinanciamiento se habría hecho para comprar dichos bienes ( en los cuales obviamente se iba a construir en algún futuro), pero bastaba esa condición para activar dichos intereses.
Obviamente la NIC 23 señala dos tratamientos el preferencial ( en este caso enviarlo a gasto) o el alternativo ( enviarlo al costo). En el caso que les comento uso el segundo. La pregunta que nos haremos es la siguiente: ¿Cuál es el que refleja la real situación?,¿ no señala el principio de prudencia que debemos reconocer las perdidas cuando las conozcamos?. (1)
Estos tratamientos señalados en las Normas Internacionales de Contabilidad puede que se preste a desprestigiar aun mas a nuestra profesión, que sin bien no puede brindar información exacta ( debido a las estimaciones) sino mas bien razonable, no debería prestarse a estas manipulaciones; que pueden generar escándalos con Enron y Arthur Andersen.La influencia que ejerce la administración para generar tratamientos de este tipo es grande, originando conflictos éticos por parte del profesional contable; la interrogante que nos debemos hacer es: ¿hasta que punto debemos permitir estas situaciones?.
……………….
(1) A la fecha de la publicación de presente articulo, la NIC 23 presenta un solo tratamiento contable para los Activos Aptos que implica activar los costos financieros.

¿Existe una obligatoriedad del uso de las NIIF desde el ámbito tributario?

CPC Dionicio Canahua
La aplicación total de las Normas Internacionales de Información Financiera se daría si existiera una presión que obligue a cumplirlas en un amplio número de ellas. En definitiva esto se lograría si la norma tributaria conduce a que los deudores tributarios deban aplicarlas bajo la presión de una multa o sanción.
Nuestra busqueda se iniciara por el Codigo Tributario, Libro Cuarto, en su articulo 172 señala lo siguiente:
Constituyen infracciones relacionadas con la obligación de llevar libros y/o registros, o contar con informes u otros documentos:
(…)
2. Llevar los libros de contabilidad, u otros libros y/o registros exigidos por las leyes, reglamentos o por Resolución de Superintendencia de la SUNAT, el registro almacenable de información básica u otros medios de control exigidos por las leyes y reglamentos; sin observar la forma y condiciones establecidas en las normas correspondientes.
Un punto de a considerar en la tipificación de la infracción señalada anteriormente es determinar: ¿A que normas se refiere?. De lo que podemos estar seguros, para comenzar es su relación con las Normas Tributarias. De allí que consideramos los siguientes ámbitos de aplicación:
Plan Contable General Empresarial.- La Resolución 234-2006/SUNAT en su articulo 6 se refiere a la forma de llevado de los Libros y Registros vinculados a asuntos tributarios. Para ser más precisos señala la forma del registro de operaciones:
(…)
Utilizando el Plan Contable General Vigente en el país, a cuyo efecto emplearán las cuentas contables desagregadas como mínimo a nivel de los dígitos establecidos en dicho plan, salvo que por aplicación de las normas tributarias deba realizarse una desagregación mayor.
La utilización del Plan Contable General vigente en el país no será de aplicación en aquellos casos en que, por ley expresa, los deudores tributarios se encuentren facultados a emplear un Plan Contable, Manual de Contabilidad u otro similar distinto, en cuyo caso deberan utilizar estos últimos.
Como podemos observar para efectos tributarios la contabilización de las operaciones debe de efectuarse usando el Plan Contable vigente en el país. Esta afirmación permite que la norma tributaria siga vigente aun cuando se cambien de versiones de Plan Contable. Pero debemos precisar que si bien el Plan Contable esta inspirado en las Normas Internacionales de Información Financiera, puede que que se produzcan algunos conflictos, que citamos a continuación:
Las versión de las NIIFS que sirvieron de base para la elaboración del Plan Contable General Empresarial están desfasadas con respecto a las que entraron en vigencia en el Perú desde el 2011. En el siguiente gráfico les proporcionamos una muestra para revisar la versión de la NIC 01 y 21 que se considero para elaborar el PCGE. Les sugiero que revisen las paginas 232 a la 235 de dicho documento.

Como podemos observar, afirmar que el Plan Contable obliga a aplicar las Normas Internacionales de Información Financiera genera un problema originado por la Jerarquia de la Normatividad Contable (Conflicto entre una Norma Contable Internacional y Local). Somos de la opinión que no se puede valer de este dispositivo para sustentar la obligatoriedad del uso de NIIFS ( Versión Full y Pymes).
Ley del Impuesto a la Renta.- El Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta en su articulo 33 señala lo siguiente:
La contabilización de operaciones bajo principios de contabilidad generalmente aceptados, puede determinar, por la aplicación de las normas contenidas en la Ley, diferencias temporales y permanentes en la determinación de la renta neta. En consecuencia, salvo que la Ley o el Reglamento condicione la deducción al registro contable, la forma de contabilización de Las operaciones no originará la pérdida de una deducción.
Las direrencias temporales y permanentes obligarán al ajuste del resultado según los registros contables, en la declaración jurada.
En el presente caso la Norma Tributaria establece que la contabilización de las transacciones realizadas por una entidad se efectúa bajo Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados.
Asimismo el articulo 1 de la Resolución 013-98-EF emitida por el Consejo Normativo de Contabilidad señala lo siguiente:
Precisar que los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados a que se refiere el texto del Artículo 223º de la Nueva Ley General de Sociedades comprende, substancialmente, a las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC´s), oficializadas mediante Resoluciones del Consejo Normativo de Contabilidad y las normas establecidas por Organismos de Supervisión y Control para las entidades de su área siempre que se encuentren dentro del Marco Teórico en que se apoyan las Normas Internacionales de Contabilidad.
Esta norma precisa la definición de Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados refiriéndolos a las Normas Internacionales de Contabilidad.
Para efectos tributarios ( determinación del Impuesto a la Renta) la SUNAT esta interesada en la aplicación del marco normativo fiscal, permitiendo al deudor tributario efectuar los ajustes correspondientes al momento de liquidar el Impuesto.
Al respecto cabe preguntarnos si el Auditor Tributario (SUNAT) enfocara su trabajo en verificar que se haya contabilizado bajo el enfoque de las NIFFS o si la liquidación de los tributos se realizo adecuadamente. Obviamente nos daremos cuenta que la segunda opción es la valida.
Me pregunto si el cumplimiento de las NIFFS tendra un efecto directo en el aumento de la recaudación del fisco. Me parece que hay una confusión entre el papel del Marco Normativo Contable y Tributario, el primero tiene como objetivo la presentación razonable de la información tributaria y el segundo aumentar los recursos al fisco.
Si bien se puede tratar este tema desde la perspectiva de la discrecionalidad de la Administración Tributaria, nos parece exagerada la posibilidad que aplicar una sanción por no aplicar las NIFFS. Por citar un caso: ¿Es lógico que la Administración Tributaria nos aplique una multa por no contabilizar el costo financiero de un activo apto bajo el enfoque de la NIC 23?.
Somos de la opinión que la implementación de las NIFFS es un proceso que ayudara a mejorar la emisión de información de las organizaciones. Pero el cumplimiento de su obligatoriedad no debe ser una tarea tributaria, sino una consecuencia del accionar de varias organizaciones vinculadas al quehacer contable.


jueves, 17 de marzo de 2011

SUNAT MULTARA A EMPRESAS QUE NO USEN PCGE Y NIIF PYME

Compartiendo este criterio de la Colega Marysol León, publicada recientemente en Diario Gestión del 24-02-2011 Plan_Contable-noticia24-02-11[1] , recientemente en el CONAUDITEC 2,011 desarrollado en el Hotel Sheraton y organizado por AIC y la JDCCPP, el Sr. Jorge De Velasco, miembro del Concejo Normativo de Contabilidad, extendió esta interpretacióny señala que incluso la SUNAT podría multar a aquellas empresas que no apliquen los alcances de la NIIF PYME desde el 2,011 tal como se adoptó para nuestro país recientemente. Bajo esta premisa,  no sólo las medianas y pequeñas empresas deberían de aplicar necesariamente Normas IFRS desde el 2,011 bajo riesgo de multa tributaria, también estarian afectas las microempresas que llevan contabilidad simplificada.

Nuestro punto de vista es que debe primar el concepto de Pyme que la normas IFRS establece y que señala: Las Pequeñas y Medianas Entidades (PYMES) son aquellas que:

a). No tienen obligación pública de rendir cuentas.  Y,

b)Publican estados financieros con propósitos de información general para usuarios externos. 

Vale decir que las microempresas que no soliciten líneas de crédito ante entidades financieras a las cuales reportar EE.FF. no estarían obligadas a aplicar conceptos sofisticados e inaplicables como vida útil económica, valor residual en sus activos inmovilizados, o el concepto de valor neto realizable en sus activos realizables (existencias) que siognifican costos excesivos para dicho tamaño de empresas y que  tanto la NIIF PYME como la NIIF FULL  exigen cumplir para proporcionr información para terceros.

domingo, 13 de marzo de 2011

IFRS para PyMES. Jugadores de clase mundial

El principal objetivo del International Accounting Standards Board (IASB) es conseguir la homogeneización de normas contables a nivel mundial, es decir, busca desarrollar estándares contables de calidad, compresibles y de cumplimiento forzoso, que requieran información de alta calidad, transparente y comparable dentro de los estados financieros para poder tomar decisiones en función de éstos

Lo anterior es útil porque hay diferentes personas a quienes les interesa esa información, de la que dependen para realizar su trabajo, como son:

  • Los propietarios de la empresa: para conocer la evolución del negocio y si éste es rentable.
  • La administración: para conocer qué necesita mejorar y, en consecuencia, llevar a cabo la mejor toma de decisiones.
  • Los acreedores: porque necesitan evaluar la liquidez de la empresa y si puede cumplir con sus obligaciones.
  • El Estado: debido a que debe cobrar sus impuestos en función de esos datos.
  • Los inversionistas: para evaluar si conviene invertir en la compañía.
Uno de los problemas que se plantea al interpretar la información financiera es la falta de un criterio internacional a aplicar. Existe diversidad de normas contables, lo que genera diversos problemas, principalmente la imposibilidad de establecer una comparación entre dos estados financieros, en consecuencia los datos obtenidos pueden perder algo de credibilidad.

En la actualidad, muchos de los países ya se han sumado a la aplicación de las denominadas Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) para sus empresas, independientemente del tamaño, entre ellos están los países miembros de la Unión Europea; en América: Colombia, México, Estados Unidos, Costa Rica, Ecuador, Guatemala, Honduras, Panamá, Perú y República Dominicana; en Asia, Japón, Singapur y Australia.
Importancia de las PyMES y su información financiera
Las entidades de tamaño pequeño y mediano (PyMES) están presentes por todo el mundo, pues conforman el motor de la economía por varios motivos: los empleos que otorgan, su contribución en los impuestos, su interacción como proveedores y clientes de las grandes empresas, entre otros. Además, se encuentran prácticamente en todos los países, “desde las economías más grandes hasta las más pequeñas, cerca de 99% de las compañías tienen menos de 50 empleados. Sólo en la Unión Europea hay 21 millones de PyMES, y 20 millones en los Estados Unidos. En la mayoría de las jurisdicciones, la ley requiere que las PyMES preparen y publiquen estados financieros y los tengan auditados. En la última década la tendencia global ha sido que las jurisdicciones adopten directamente los Estándares Internacionales de Información Financiera [International Financial Reporting Standards (IFRS)] o converjan hacia los IFRS la práctica contable generalmente aceptada a nivel local”. (Deloitte, 2010:1).En el documento El IFRS para PyMES en su bolsillo,
Deloitte explica que en algunos países la realidad es que la implementación de los IFRS plenos (o los equivalentes locales convergidos) está llena de dificultades. Mientras algunos países han desarrollado sus propios estándares de las PyMES, a menudo tienen serias limitaciones desde la perspectiva del usuario, no son bien entendidos por los prestamistas y otros proveedores de capital, tienen respaldo limitado (tal como los libros de texto y software) y algunas veces es débil su cumplimiento forzoso. Algunos estudios del Banco Mundial acerca de 80 jurisdicciones en desarrollo y emergentes, encuentran que en la mayoría se tienen deficiencias importantes en la información financiera de las PyMES, que impiden el crecimiento económico.
El documento señalado fue emitido por el IASB en julio de 2009, en respuesta a esas preocupaciones de falta de homogeneidad de la información financiera de las empresas de tamaño pequeño.

Muchos grupos globales de contabilidad le dieron la bienvenida a los IFRS para PyMES cuando fueron publicados. El Banco Mundial dijo que era una estructura valiosa para la presentación de reportes por parte de las compañías más pequeñas, que tienen mayor capacidad de respuesta para el tamaño y la propiedad de sus operaciones, y que deben ayudar a mejorar su acceso a la financiación. La International Federation of Accountants (IFAC) dijo que el estándar: contribuiría a mejorar la calidad y comparabilidad de los estados financieros de las PyMES en todo el mundo y le ayudará a las PyMES a obtener acceso a la financiación. Los beneficiarios no serán solamente las PyMES, sino también sus clientes y los otros usuarios de los estados financieros de las PyMES. (Deloitte, 2010:1)

¿Qué son los IFRS para PyMES?

Los IFRS para PyMES son un conjunto auto-contenido de principios de contabilidad que se basan en los IFRS plenos, pero que han sido simplificados para las PyMES, y están organizados por temas para hacerlo más parecido a un manual de referencia –IASB. En este caso se considera que es más amigable para los preparadores de la información financiera, es decir, para los Contadores de las PyMES y para los usuarios de la información financiera.
Los IFRS para PyMES son para ser usados por entidades que no tengan accountability pública y que hayan seleccionado publicar sus estados financieros para usuarios externos. En esencia, una entidad se considera que tiene accountability pública si:

  • Sus instrumentos de deuda o patrimonio se negocian públicamente.
  • Es una institución financiera u otra entidad que, como parte de su negocio primario, tiene activos en una capacidad fiduciaria para un grupo amplio de personas externas.
En últimas, la decisión relacionada con cuáles entidades deben usar el IFRS para PyMES recae en las autoridades regulatorias nacionales y en los emisores de estándares nacionales –y esos cuerpos pueden escoger especificar créditos más detallados de elegibilidad, incluyendo criterios cuantificados basados en ingresos ordinarios, activos, etc. Sin embargo, dado que entraría en conflicto con las intenciones de IASB, aun si la ley o regulación en la jurisdicción de la entidad permite o requiere que el IFRS para PyMES sea usado en la preparación de los estados financieros de las compañías registradas péquelas o de las instituciones financieras péquelas, tales estados financieros no se pueden describir como que están en conformidad con el IFRS para PyMES. (Deloitte,
2010:14) En el cuadro 1, se presenta la estructura de los IFRS para las PyMES.

¿Qué es una PyME para la aplicación de los IFRS?

Según Deloitte, en este sentido se considera que la definición de PyMES no contiene umbrales cuantitativos (e.g. ingresos ordinarios, valores de activos, números de empleados), y no requiere un proceso especial de aprobación por los propietarios de la entidad que sea elegible para aplicar los IFRS para PyMES.

Las PyMES que usan IFRS: jugadores de clase mundial
Las Pequeñas y Medianas Empresas (PyMES) no están obligadas a utilizar los IFRS; sin embargo, las empresas más dinámicas y emprendedoras que tienen interés en el mercado internacional están más predispuestas a adecuar el funcionamiento de la compañía al entorno internacional, por lo que aparentemente se podría considerar que en el aspecto de la información financiera, tienen n mayor interés en todo lo relacionado con los IRFS. Debido a lo anterior se espera que estas empresas tengan una mayor apertura internacional, y, por lo tanto, una actitud más proactiva hacia la adaptación de su organización a los cambios que se produzcan en la esfera mundial, y que con ello logren obtener mejores resultados en el desarrollo de sus operaciones y se reflejen en sus resultados financieros.


Las empresas que siguen las reglas de un marco común en la elaboración de estados financiero-contables logran información homogénea con la de otras empresas. En general, las bolsas de valores y las instituciones financieras de crédito para otorgarlo a cualquier compañía hace un análisis de la información financiera empresarial para evaluar su capacidad de pago, si las compañías producen información con las normas de los IFRS, será más factible obtener recursos financieros de los bancos y en las bolsas de valores, debido a que aumenta la comparabilidad de la información financiera que hacen los inversionistas entre las distintas empresas emisoras de valores.

Si estas empresas obtienen financiamiento de las bolsas de valores, donde es más económico emitir algún instrumento de deuda comparado con el financiamiento proporcionado por las instituciones de crédito, las empresas logran obtener un costo de financiamiento1  más barato que les ayuda a aumentar las cantidades de recursos que se invierten en planta, equipo, maquinaria, marcas, patentes, etc., que aumentan la capacidad de producción, tanto en el país como en el extranjero, por la ventaja en el costo de financiamiento barato, reflejándose en mejor colocación de recursos y, por lo tanto, mayor crecimiento en las operaciones de la empresa que se reflejarán en mayores utilidades.
En la medida en que estas empresas hacen frente a la competitividad mundial, y a la del futuro, se clasifican como empresas de clase mundial. La observancia de los IFRS en la construcción de su información financiera, ayuda a las empresas a obtener financiamiento más barato, proyectar una imagen de mayor seguridad para los proveedores, clientes, autoridades e inversionistas.

Experiencias de los IFRS adoptados por las PyMES en otros países
Según un estudio de Pérez, Urquía y Muñoz, aplicado a un grupo de empresas en España, donde se planteó la pregunta: ¿Las PyMES españolas tienen interés por las NIF? Se encontraron que estas empresas tienen mejores resultados en la rentabilidad económica y en la financiera, porque son las que muestran una predisposición positiva hacia las NIC, es decir, conocen la normativa internacional y tienen previsto implantarla.
Las PyMES con mejores rendimientos económicos y financieros están más abiertas al ámbito internacional, con mayores expectativas de crecimiento y re-disposición al cambio; por lo tanto, tienen una actitud más positiva a adoptar las normas internacionales, a pesar de los costos que conlleva. Los resultados de esta investigación avalan una vinculación causal cuantitativa entre los indicadores de rendimiento y el interés por las NIC. Aún así, los investigadores están conscientes, en línea con la teoría de la contingencia, de que en los resultados obtenidos se combinan otras variables complementarias, como la alineación con la cultura organizacional, la inversión en TIC y una estrategia a largo plazo bien definida e implantada a favor de invertir en el conocimiento y la implantación de las NIC.
Las empresas de clase mundial, generalmente, observan una serie de prácticas, criterios y resultados consistentes, inmersos en modelos bien dimensionados y desarrollados con base en una planificación estratégica, para hacer frente a la competencia mundial. Por ello, una empresa de clase mundial es la que podrá ser competitiva y exitosa en el futuro logrando utilidades en un entorno con una competencia mundial, en ese sentido la producción de información financiera bajo las reglas de los IFRS, permite acceder al financiamiento de las instituciones de crédito.
Asimismo, cuando las empresas solicitan crédito, deben cumplir con una serie de requisitos que las instituciones caedicitas requieren, como es: gobierno corporativo, certificaciones, cumplimiento de los reglamentos donde realizan sus operaciones, de esta manera las empresas se encuentran obligadas a perfeccionarse cada vez, y esto redunda en mejoras para su desempeño ayudándolas a ser empresas de clase mundial.
Conclusión
El entorno en que las empresas desarrollan sus actividades se ha ampliado a nivel mundial, debido a que en varios países existen elementos que les ayudan a desarrollar sus operaciones de mejor manera, por ejemplo, el financiamiento que se ofrece en determinadas naciones con tasas de interés en niveles bajos, lo cual se traduce en costos de financiamiento bajos. Además, en la actualidad, las empresas de otros países se expanden a casi todos los países, por ello, toda empresa debe expandir sus operaciones en otros países además del país de origen, para hacer frente a la competencia de las demás empresas que se propagan.
Para que las empresas obtengan financiamiento deben presentar información financiera que es evaluada, por eso existen los IFRS que norman la preparación de los estados financieros, y que solicitan su observancia por casi todas las instituciones financieras, entre ellas, las bolsas de valores. Al seguir estas normas, las empresas homogenizan su información financiera a otras empresas que ya las usan, en ese sentido allanan el camino para obtener más fácilmente recursos financieros porque están proporcionando confianza a los diferentes inversionistas y autoridades financieras, y a los mismos directivos y dueños de las empresas.
La adopción de los IFRS es un aspecto que ayuda a las empresas a permanecer en los mercados de productos y así ayuda a mantener beneficios financieros para su crecimiento, sin olvidar que hay otros elementos como la cultura organizacional, el uso de la tecnología, la estrategias de desarrollo o el comportamiento de la economía, etc. Definitivamente, usar IFRS es avanzar en el desarrollo de las empresas.


Dr. José Antonio Morales Castro
Docente-investigador
Escuela Superior de Contaduría y Administración, Tepepan
IPN
 
 M. en C. Silvia Galicia Villanueva
Docente-investigadora
Escuela Superior de Contaduría y Administración, Tepepan
IPN

Fuente: Revista Contaduría Pública http://www.contaduriapublica.org.mx/ del Instituto Mexicano de Contadores Públicos http://www.imcp.org.mx/

sábado, 9 de octubre de 2010

EL CONTADOR PÚBLICO MODERNO

El rol del Contador Público  en estos tiempos modernos es más exigente en su formación profesional
El Contador Público debe tener una formación óptima de primer nivel con especial énfasis en las finanzas y además contar con destrezas y habilidades para desempeñar diversas funciones empresariales como Contador General, Auditores, Consultores Financieros y Tributaritas.
Hoy el mercado empresarial exige un eficiente analista financiero, que conozca el porvenir de las finanzas, para evaluar la inversión futura y tomar la mejor decisión, además debe tener una asesoría completa para determinar la situación patrimonial de la empresa, que ayude a determinar las grandes perspectivas de los dueños o de lo contrario vislumbrar los riesgos futuros.
El contador a través de la contabilidad, controla los acontecimientos financieros de la empresa, buscando obtener un equilibrio entre los ingresos, gastos y utilidades, para brindar una información óptima, transparente, real y eficiente, que permita generar confianza de los inversionistas y de los interesados (stakeholders).
En el aspecto tributario el contador determina que impuestos o tributos van ser pagados al fisco y programar dichos pagos, porque toda empresa generadora de riqueza tiene que aportar al estado sus impuestos, a través de la SUNAT, en caso de omisión de pago e incumplimiento de las exigencias normativas, la empresa puede ser sancionado o intervenido por el fisco (SUNAT).
La responsabilidad del contador es preparar los estados financieros y firmarlas, esto implica que debe estar adecuadamente sustentado bajo los principios contables y la normativa contable nacional e internacional (NIC’s y NIIF’s) vigentes en nuestro país. Los reportes financieros son la muestra de transparencia y es la única evidencia probatoria de los acontecimientos económicos financieros de la empresa.
El Contador Público puede desempeñarse en el sector público o privado, por tanto su preparación debe ser integral en todos los ámbitos empresariales y con una intachable moral ética profesional, personal y que esté dispuesto adaptarse a los nuevos cambios de la tecnología, la información y a la globalización de los mercados financieros y comerciales.
Por: Presentación Calderón Neyra

jueves, 30 de septiembre de 2010

Dificultades en la Implementacion de la NIIF's en las PYMES Peruanas

DEl empresario se tiene que convencer que la contabilidad es una herramienta necesaria para él, ya que tiene como objetivo que la empresa mejore su gestión y por lo tanto su competitividad y rentabilidad. El problema por lo tanto es de raíz diferente. Las técnicas de gestión están internacionalizadas y son las normas de contabilidad financiera, nacionales o internacionales, las que deben integrarse con ellas. Y eso pasa por construir un marco conceptual de un modelo contable para PYMES acorde a su naturaleza y requerimientos específicos de información.

El contador Público y la contabilidad tiene que actuar sobre su realidad para transformarla y lograr impactos económicos y sociales trascendentales, las clásicas pretensiones del “equilibrio y la justa contribución” deben dar paso a un real aporte en la generación de la riqueza en nuestros países, y ello se puede concretar de la mano de las Pymes, factor clave de desarrollo.

Reconocer que el usuario principal de la información contable en las Pymes, es la dirección del negocio y que la información tiene que ser útil, en primer lugar, para los propios gerentes que la generan a través de su diario accionar y que buscan en ella materia prima para una adecuada toma de decisiones. Este reconocimiento de por sí implica un cambio en el marco conceptual actual del IASB o IFRS.

Si tal cambio no se produce y que está siendo promovido por organizaciones cada vez mas importantes en el mundo, como el grupo de Edimburgo y la AIC a través de su declaración de Costa Rica, la contabilidad será vista por los emprendedores, por los creadores de riqueza y empleo en países emergentes como el nuestro, como una carga administrativa más, como un obstáculo ó deber más a satisfacer y no como un instrumento de valor estratégico necesario para la supervivencia y crecimiento de los negocios.

Queremos ser parte del problema o parte de la solución en la guerra por la riqueza, guerra en la que se encuentran enfrascadas todas las empresas, pero en la cual las pymes parten con menos medios y herramientas para ganarlas.
CPC. JESUS CAPCHA CARBAJAL
INSTITUTO CONTABILIDAD Y DESARROLLO
jesuscapcha@hotmail.com
www.reformacontable.net

domingo, 19 de septiembre de 2010

ARRENDAMIENTO FINANCIERO

El arrendamiento financiero se define legalmente como el contrato mercantil que tiene por objeto la locacion de bienes muebles o inmuebles por una empresa locadora para el uso de la arrendataria, mediante el pago de unas periodicas y con opción a favor de la arrendataria de comprar dichos bienes por un valor pactado.

Es una operacion donde se entrega a titulo de arrendamiento bienes muebles o inmubles al arrendado, financiando su uso y goce a cambio de pagos periodicos por un plazo determinado, pudiendo el arrendador al final del periodo de pago, ejercer la opcion de compra del bien que le fue arrendado. es sistema de financiamiento esta dirigido hacia los empresarios, ya sean personas naturales o juridicas, con el fin de facilitarles el acceso a bienes de capital, que es necesario para el desarrollo de actividades productivas.

El arrendamiento financiero o "leasing" es una operacion de intermediacion en el mercado de capitales que tiene ventajas para el sector empresarial y a la entidad crediticia, ya que permite impulsar el crecimiento empresarial, permitiendo la optimizacion tanto tributaria como financiera, debido al facil adaptacion que caracteriza a dicho contrato frente a las condiciones que las partes puedan pactar.

La entidad crediticia adquiere a su propio nombre el bien que le interesa al arrendador y lo alquila a este por un plazo de una merced conductiva mensual pactado, al termino del plazo si los pagos se han realizado en orden, con un pago adicional el bien pasa a ser propiedad del arrendatario.

Para efectos tributarios, el arrendamiento financiero o leasing es actualmente una figura altamente conveniente para el arrendatario, de acuerdo a las modificaciones introducidas por la ley Nº 27394 al articulo 18º del D.L. Nº 299, donde se estable que todo contrato de arrendamiento que se celebre a partir del 1 de enero del 2001, dichos bienes se consideran de propiedad del arrendatario, registrandose contablemente de acuerdo a la Norma Internacional de Contabilidad Nº 17 - Arrendamientos, permitiendose deducir la depreciacion de los activos para fines fiscales y  a la vez permite al arrendatario tomar la depreciacion acelerada en el termino del contrato.

Con respecto al IGV, el impuesto grava las cuotas a lo largo del contrato, aplicandose como credito fiscal por el arrendatario y asi disminuyendo el impacto financiero de este tributo indirecto en el flujo de caja de las empresas.

viernes, 17 de septiembre de 2010

SISTEMA CONTABLE CONTASIS

Vota por mi Blogs

La necesidad de estandarizar criterios financieros con el IFRS

MEDIO AMBIENTE - EL TIEMPO ES HOY - PERU

LOS 12 PILARES DE JIM ROHN

Mi lista de blogs

7 ESTRATEGIAS PARA ALCANZAR RIQUEZA Y FELICIDAD

La Actitud Mental Positiva

EL PODER PARA TRANSFORMAR NUESTRAS VIDAS

estado de situación financiera desde la perspectiva de la NIIF Pymes - PUCP