No presentar el Formulario Virtual Nº 1648 dentro de los plazos establecidos, no constituye un impedimento para que se realice la compensación del Saldo a Favor Materia del Beneficio contra las cuotas del Impuesto Temporal a los Activos Netos – ITAN.
Informe N° 108-2010-SUNAT2B0000 Presentación del Formulario 1648 y la compensación del Saldo a Favor
Mercado chileno inicia operaciones sobre la nueva plataforma de negociación
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