A partir del 16 de octubre próximo será obligatorio para los contribuyentes consignar la información de su correo electrónico y número de celular, pudiendo o no ser titular de la línea.
Esta información es obligatoria para los contribuyentes, responsables, representantes legales y otros obligados a inscribirse en el RUC.
También se incluyen documentos adicionales que podrán ser utilizados para sustentar el domicilio fiscal o establecimientos anexos de la empresa que se declaren, entre los que se cuentan: recibos de telefonía celular, Internet, gas natural, televisión por cable o estados de cuenta de las entidades bancarias y financieras. No se aceptará que este tipo de documentos sean virtuales.
De otro lado, en el caso que el contribuyente presentase un documento para acreditar su domicilio fiscal a nombre de una tercera persona se deberá incluir una autorización expresa mediante un acuerdo cuyo formato será publicado en la web de la Sunat.
EL DATO
Respaldo. El Ministerio de Economía y Finanzas descartó una salida o renuncia de la jefa de la Sunat, Tania Quispe, según informó la agencia Andina.
Norma para los supermercados
Un reciente informe del fisco (N°040-2014-Sunat/5D0000) precisó que los consumidores que realicen donaciones en efectivo en supermercados o tiendas por departamento, podrán usar ese monto para efectos de disminuir el pago de su impuesto a la renta anual ya que se consideran como gasto deducible hasta un máximo del 10% de la renta neta a pagar. Para tales efectos los consumidores deberán exigir que el establecimiento comercial emita un "comprobante de recepción de la donación".
De este modo, detalla el informe, las donaciones a entidades sin fines de lucro y otras similares, que estén debidamente acreditadas podrán ser usadas como gastos deducibles para las rentas empresariales o las de trabajo hasta un máximo del 10% de la renta neta respectiva.
Fuente:Diario Gestión.
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