La ley Nº 29694 estable medidas
de protección a los padres de familia contra las prácticas abusivas en la
comercialización de los textos educativos, pero es lamentable en cada campañas
escolar algunas empresas vulneran el mercado y el derecho del consumidor;
mientras que nuestros legisladores en vez de buscar medidas correctivas caen en
el facilismo de emitir una norma legal de forma apresurada sin entender sus
consecuencias.
Tal
es el caso que el 3 de marzo de 2012 se publicó la ley Nº 29839 modificando la
ley antes mencionada considerando por objetivo de mejorar la aplicación en la
adquisición de los textos escolares por parte de los padres de familia y
garantizar el derecho de adquirir textos escolares en las mejores condiciones
de calidad, precio y su uso por varios años. Toda instituciones educativa
públicos o privada de todo nivel queda prohibido obligar a los alumnos y padres
de familia en adquirir textos escolares que estén diseñados para un solo uso,
garantizando a utilizar textos de segundo uso como fuente de consulta o
material de estudio, los centros educativos deben promover el intercambio de
materiales a fin de proteger la economía de los padres de familia. Además
establece que el Ministerio de Educación tendrá la responsabilidad de fijar los
criterios pedagógicos e indicadores de calidad de los textos escolares de la
educación básica.
Es de conocimiento que la
educación es una de las actividades de mayor importancia en el desarrollo del
país, pero como sabemos nuestra educación es administrada por el poder
ejecutivo y que tiene un carácter general su gratuidad, mientras que las
entidades privadas tiene un carácter de onerosidad. El servicio educativo
público y privado es acatado por las disposiciones legales que regulan su
funcionamiento y que están obligadas a cumplir dichas disposiciones emitidas
por el poder ejecutivo, su finalidad es que brinden una educación con los
niveles de calidad necesarios para el desarrollo intelectual y cultural de los
niños, jóvenes y adultos que se encuentran en constante formación.
La educación requiere de
herramientas que sean posible su transferencia de conocimientos de los
profesores o educadores hacia los alumnos, que son trasmitidas a través de los
textos y libros escolares, pero lamentablemente la adquisición de los textos
escolares se ha convertido en un costos muy altos para su adquisición para los
padres de familia y que dichos textos solo sirven para un año y que posterior a
esto ningún escolar pueda usarlos.
Hay algunas empresas editoras
que celebran acuerdos y convenios con las instituciones educativas para promover
su adquisición a cambio de un determinado porcentaje de pago, y que muchas
veces estos libros o textos no contienen la calidad y la exactitud de la
información para los estudiantes. Esto solo sucede con la finalidad de
aprovechar la situación económica y que los padres no tengan ninguna
alternativa para su elección.
Con el fin de evitar el
perjuicio hacia los padres de las instituciones educativas y las editoras, el
congreso de la república emitió la norma Nº 29694 el día 3 de junio del 2011y
su modificatoria según ley Nº 29839, publicado el 03 de marzo de 2012; su
finalidad de esta ley es proteger a los padres de familia de las prácticas
abusivas que se puedan cometer en la comercialización de los libros o textos
educativos; al direccionar la adquisición de los textos con el fin de obtener
un mayor beneficio económico a costa de los padres de familia y de los
educadores.
La ley 29694 está sujeta a la
fiscalización de las entidades competentes como el Ministerio de Educación y el
INDECOPI, cada uno en el ámbito de su competencia con el fin de que se cumpla
en su plenitud dicha norma legal. En caso que se detecte alguna irregularidad
por INDECOPI la sanción de multa va desde 1 a 450 UIT dependiendo de la
gravedad de la infracción y además de la multa se puede acompañar la devolución
del exceso del precio pagado y el cierre de establecimiento.