La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT, mediante Resolución de Superintendencia Nº 188-2010-SUNAT se amplía el Sistema de Emisión Electrónica a la Factura y documentos vinculados a esta.
Esta Resolución aprobada por SUNAT favorecerá la fluidez de las transacciones comerciales, porque el uso de las facturas electrónicas por parte de los contribuyentes que se afilien a este sistema, favoreciendo la fluidez de las transacciones comerciales y el cumplimiento de las obligaciones, a la vez de emitir dicho comprobante de pago se permitirá el llevado electrónico de los libros y registros vinculados con los tributos (Registro de Ventas e Ingresos y Registro de Compras).
El Sistema de Emisión Electrónica SUNAT Operaciones en Línea, es un mecanismo desarrollado para la emisión electrónica de comprobantes de pago y documentos relacionados directos o indirectamente con éstos, así como la generación de libros y/o registros vinculados con asuntos tributarios. Bajo este concepto permitirá reducir los costos de archivo y conservación de los documentos.
Para la afiliación al sistema, se deberá tener en cuenta, que el contribuyente se encuentre afiliado el Régimen Especial del Impuesto a la Renta (RER) o al Régimen General (RG), es decir generadores de rentas de tercera categoría que cuente con código de usuario y clave SOL, cuyos ingresos sean menores o iguales a 1,700 UIT (6’120,000 nuevos soles). Una vez realizado la afiliación para la emisión electrónica del comprobante de pago a través de SUNAT virtual, no procederá la desafiliación.
Es considerable mencionar, que la afiliación al sistema permitirá emitir facturas, notas de crédito y débito electrónicas y exigirá llevar Registro de Venta Electrónico, para ello la SUNAT determinará el momento en que el contribuyente deberá contar con Registro de Ventas Electrónico.
La presente resolución entrará en vigencia el 19 de julio de 2010.
Para mayor detalle podrán descargar la resolución, del siguiente links: http://www.box.net/shared/3mnx22vlyd
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