lunes, 20 de abril de 2015

10 Grandes Frases Sobre La Persistencia

by Fernando

persistenciaEmprender es un trabajo de amor, y como cualquier gran amor, eso significa mucha pasión y persistencia para llegar al "y vivieron felices para siempre".

Hay algunos retrocesos, fracasos y éxitos, pero todas esas curvas son las que hacen del emprendedurismo algo genial.

El único ingrediente que necesitarás para el viaje es la persistencia. Puede llevarte más lejos que cualquier otra cosa. Te compartimos 10 frases sobre la persistencia y pasión para ayudarte a seguir el viaje.

1. "La energía y la persistencia conquistan todas las cosas." Benjamin Franklin.

El poder para seguir adelante superará todos los obstáculos. Combina eso con la energía y pasión para que veas nuevas opciones, superarás los retos y alcanzarás tus metas.

2. "Nada en este mundo puede tomar el lugar de la persistencia. El talento no lo hará. Nada es más común que los hombres sin éxito y con talento. Los genios tampoco. Los genios no recompensados es casi un proverbio. La educación tampoco. El mundo está lleno de negligentes educados. La persistencia y determinación son omnipotentes." Calvin Coolidge.

La persistencia puede superar casi cualquier reto. Cuando pones tu mente en algo y estás dispuesto a hacer todo lo posible, incluyendo paciencia, dedicar tiempo y ajustar tu estrategia para llegar ahí, conocerás la omnipotencia de la determinación.

3. "La paciencia, persistencia y transpiración son una combinación indestructible para el éxito." Napoleon Hill.

Es importante querer cosas, tener metas y aspiraciones, pero es aún más importante tomar acción para lograrlo. Los pensamientos solos no te llevarán a la meta, necesitarás hacer el trabajo necesario para alcanzar los objetivos.

4. "El éxito es el resultado de la perfección, trabajo duro, aprender del fracaso, lealtad y persistencia." Colin Powell.

Las cualidades que te ayudarán a lograr tus metas son las mismas que son necesarias para un gran liderazgo. Como emprendedor, lo más probable es que seas un líder, por lo que la calidad para inspirar así como para perseverar será clave para tu crecimiento personal.

5. "Tal vez te topes con muchas derrotas, pero no serás derrotado. De hecho, tal vez necesites enfrentar esas derrotas para que puedas saber quién eres, cómo te puedes levantar y cómo podrás salir de ahí." Maya Angelou

La perseverancia es la habilidad para seguir adelante después de una derrota. No definas cada tropiezo o fracaso, están ahí para hacerte más fuerte. Trata de ver las otras lecciones que llegan y que te forman mientras avanzas.

6. "La ambición es el camino al éxito. La persistencia es el vehículo en el que llegas." Bill Bradley

Es fácil ver a personas exitosas y pensar que nacieron así. La realidad es que cada individuo triunfador fue ambicioso e implacable. La persistencia es el vehículo en el que deberías estar más interesado.

7. "Paraliza la resistencia con la persistencia." Woddy Hayes

A veces los sentimientos de derrota, fracaso y ansiedad te sorprenderán. Cuando lo hagan, trata de alimentar tu coraje en lugar de agrandar tus miedos. Supera la resistencia con una persistencia implacable.

8. "Si estás pasando por un mal momento, sigue adelante." Winston Churchill

Algunas partes del viaje serán pesadas y difíciles, pero la única cosa que puede hacerlo peor es renunciar. Haz que la lucha valga la pena al ser persistente.

9. "Los campeones siguen jugando hasta que lo hacen bien." Billy Jean King

Si quieres convertirte en campeón en la vida y en tu nicho, sigue adelante. No importa qué dificultades enfrentes, aprende a seguir jugando hasta que seas exitoso.

10. "Si no puedes volar, corre, si no puedes correr, camina, si no puedes caminar, gatea. Sin importar lo que hagas sigue avanzado hacia adelante." Martin Luther King Jr.

Algunos días las acciones que tomes serán grandes, otros lograrás muy poco, pero sigue avanzando para perseverar y triunfar.

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Nota | Post Recomendado: 23 Frases Motivadoras De Will Smith Para Reflexionar

Siempre ayudándote a conquistar tus sueños!!

Fernando Rivas

sábado, 11 de abril de 2015

La importancia de comunicar los momentos difíciles en la empresa

Posted: 10 Apr 2015 04:04 AM PDT


Transmitir y explicar la estrategia de la organización en momentos de desaceleración económica ayudan a disminuir el temor y fortalecer la moral de la gente, reduciendo así la pérdida de productividad que suele estar asociada a la incertidumbre.

Por Jorge English

La incertidumbre que se ha instalado en muchas compañías a raíz del menor dinamismo económico no es sólo una discusión que existe a nivel de directorios, alta gerencia y gremios empresariales. Para los trabajadores también es una sensación palpable, que deviene en temor a despidos, aumento del desempleo, menores compensaciones y beneficios. Un ambiente así causa ansiedad y puede afectar el rendimiento, realzando la importancia de que la organización transmita a los empleados el estado del negocio.

Existen numerosas herramientas para llevar a cabo tal acción, aunque una especialmente útil en estos períodos son los llamados kick off, puesto que pueden convertirse en una suerte de convención en la cual los colaboradores reciben información acerca de los lineamientos estratégicos de la empresa en el corto o largo plazo por parte de la plana ejecutiva.

Según Rodrigo Correa, gerente de Mandomedio Consulting, los kick off permiten alinear de manera disciplinada -y resguardando que la información llegue de manera oportuna y clara- en momentos de reingeniería, cambio o de crisis económica, "cuando los colaboradores escuchan en las noticias y conversaciones que no hay inversión, que la economía se desaceleró, quieren saber cómo afecta todo eso en su trabajo y qué está haciendo la empresa para enfrentar esa situación".

Por eso, se trata de una fórmula que ayuda a disminuir el rumor, manejar la incertidumbre al alinear a las personas con los objetivos del año y motivarlas, fortaleciendo en forma directa la productividad laboral.

Reunión mensual en Derco
En los kick off, por lo general participan los principales ejecutivos de la empresa y una parte importante del personal. Durante su desarrollo las gerencias hacen una "aterrizada" de los planes corporativos, entregando los focos que se quieren lograr para alcanzar los objetivos de la organización.

"Para desenvolverse con éxito en cualquier escenario de mercado es indispensable mantener una organización alineada y motivada en torno a objetivos claros y compartidos a todo nivel, y más todavía en contextos de menor dinamismo económico. En ese sentido, las reuniones ampliadas de gerencia y trabajadores son una instancia muy relevante", sostiene el gerente general de Derco Chile, Andrés Sáenz.

En Derco, los kick off se denominan "Reunión de líderes" y se realizan mensualmente, tanto en Chile como en los otros tres países donde la automotora tiene operaciones. En este encuentro participan todos los empleados que tienen equipos a su cargo -en el caso de Chile asisten unas 200 personas-, y el objetivo es compartir información relevante de gestión, avances en los desafíos propuestos y oportunidades de mejora, recibiendo opiniones y comentarios por parte de cualquiera de los presentes, entre otras acciones. Además, después de la reunión todos los asistentes reciben un "kit de bajada", que contiene los elementos para que compartan con sus equipos la información entregada, y existe un mecanismo de registro para monitorear que efectivamente esto se realice.

"Esta actividad es para nosotros la instancia más relevante a nivel interno para mantenernos informados y alineados a todo nivel en la organización. Es particularmente valorado por las personas, porque sin importar el área en que se desenvuelvan, les permite saber qué están haciendo los otros negocios y también estar al tanto mes a mes de los resultados que hemos ido obteniendo gracias al esfuerzo conjunto", recalca Andrés Sáenz.

La década de Tivit-Synapsis
En Tivit-Synapsis, por su parte, la práctica de los kick off existe hace más de una década, tanto para los proyectos internos como para los que involucran relaciones con los clientes. El gerente general de esta compañía de servicios integrados de tecnología, Leonardo Covalschi, dice que dentro de sus principales utilidades figuran resaltar la unificación de criterios para encarar los proyectos, conocimiento de los participantes (sus roles y funciones) y mejoría en la productividad de las comunicaciones.

Todo eso, en conjunto, hace que los proyectos se encaminen bien.

"Como empresa multinacional de servicios de IT, esta práctica es muy difundida. La complejidad de los proyectos y su impacto para el negocio de los clientes, la flexibilidad necesaria para acometerlos y su relevancia hacen de los kick off una necesidad y una "best practice" claramente necesaria y muy difundida", sentencia Covalschi.

lunes, 2 de marzo de 2015

No te olvides de hacer tu Declaración del Impuesto a la Renta

sunat

Los vencimientos para hacer este trámite ante la Sunat empiezan el 24 de marzo y terminan el 9 de abril.

Ya llega marzo y, con él, también la temporada para la declaración del Impuesto a la Renta. Para muchos puede ser algo complicado, pero la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria(Sunat) ha hecho esfuerzos para que las cosas sean más fáciles, pues en muchos casos el contribuyente solamente deberá validar la información ya registrada.

Tenga presente que puede presentar desde ya su declaración, pues desde el 24 de febrero está disponible el formulario virtual y que la declaración corresponde a los ingresos generados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del 2014.

Anote en su agenda que los vencimientos empiezan este 24 de marzo (para quienes tengan un RUC que termina en 0) y terminan el 9 de abril para los buenos contribuyentes.

1. ¿Quiénes deben presentar la declaración?

Las personas que están obligadas a declarar son las que realizan arrendamientos o alquileres (renta de primera categoría), las que hacen ventas de acciones u otras colocaciones de capital (renta de segunda categoría) y aquellos que son trabajadores independientes y emiten recibos por honorarios (renta de cuarta categoría) y que a la vez están en planilla (renta de quinta categoría), explica Olga Lazo, profesional de la División de Soporte y Canal Virtual de la Sunat.

Así, quienes generen este tipo de rentas están obligados a presentar su declaración del Impuesto a la Renta en tanto reciban más de S/.25.000 al año. Pero esos S/.25.000 se consideran por separado para los casos de primera y segunda categoría, y se suman para el caso de cuarta y quinta categoría. Lazo aclara que quienes reciben ingresos de quinta categoría de manera exclusiva no están obligados a declarar, por más que ganen más de S/.25.000 al año.

2. ¿Cuánto es el impuesto que se paga?
Por las rentas de primera categoría, la determinación del impuesto es independiente y se le aplica una tasa de 5% (o 6,25% sobre la renta neta). Lo mismo para las rentas de segunda categoría, explica Álvaro Arbulú, gerente de Tax Services de la consultora EY (antes Ernst & Young). Por la renta del trabajo se aplicará la tasa progresiva acumulativa del 15%, 21% y 30%. "Dichas tasas del Impuesto a la Renta serán aplicables hasta la presentación de esta declaración jurada anual del 2014, dado que a partir del 2015, las tasas progresivas acumulativas han sufrido una modificación", indica Arbulú.

como declrarar

 

3. Los formularios. 
La única forma de presentar la declaración jurada anual del Impuesto a la Renta del 2014 es a través del formulario virtual 691, para lo cual los contribuyentes deberán contar con la clave de Sunat Operaciones en Línea (SOL), agrega el especialista de EY. También pueden dirigirse a los locales de Sunat para recibir ahí asesoría al presentar la declaración virtual.

Por su parte, Lazo señala que el formulario virtual 691 tiene la ventaja de que, al ingresar con la clave SOL, la información ya está en el sistema y no se necesita descargar ningún programa. "Las personas a las que emitiste recibo o te pagaron por planilla han informado a la Sunat los pagos hechos y las retenciones, entonces la declaración ya está previamente lista. Es cuestión de validar los datos", comenta Lazo.

4. Los errores más frecuentes.
El error más frecuente de las personas al presentar la declaración del Impuesto a la Renta es no verificar los ingresos que han tenido y las retenciones realizadas, dice Lazo. Para evitar eso, se recomienda tener a la mano los recibos por honorarios, ordenados, y los depósitos que le han hecho para verificar cuándo y cuánto se le pagó.

Otro tema a tener en cuenta que conlleva a errores es que las rentas de personas naturales de cuarta y quinta categoría se rigen por el principio de percibido, es decir, hay que declarar las rentas que efectivamente han sido pagadas hasta el 31 de diciembre. Así, si uno emitió un recibo en diciembre del 2014 pero la empresa recién lo pagó en enero del 2015, ese ingreso no se considera para el 2014.

5. Cómo subsanar errores.
Si uno presenta su declaración y se da cuenta de algún error antes de la fecha de vencimiento, puede echar mano de una declaración sustitutoria, es decir, se reemplaza la declaración y no hay ninguna sanción. Pero si la corrección es después del vencimiento, se llama declaración rectificatoria.

"Si esta declaración rectificatoria genera un tributo mayor del que se ha declarado, habrá una multa del 50% del tributo que no se consideró. Pero si se hace voluntariamente, hay 95% de descuento en la multa", indica Lazo.

Fuente: Diario Comercio.

sábado, 7 de febrero de 2015

Sunat aprueba cronograma de declaración anual de operaciones con terceros 2014

Están comprendidos los contribuyentes que el año pasado estuvieron obligados a presentar por lo menos una declaración mensual del IGV y los que estuvieron en la categoría de Principales Contribuyentes (Pricos).

Aquellos contribuyentes que el año pasado estuvieron obligados a presentar por lo menos una declaración mensual del Impuesto General a las Ventas (IGV) y registraron ventas internas o adquirieron bienes por un monto superior a S/. 285,000 (75 UIT) deberán cumplir con presentar la Declaración Anual de Operaciones con Terceros (DAOT) correspondiente al ejercicio 2014.

Para estos efectos se toma la UIT vigentes el año 2014. Así lo dispone la Resolución de Superintendencia N° 024-2015, publicada recientemente por la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) en el diario oficial.

También están comprendidos en esta obligación los contribuyentes que durante el año pasado estuvieron en la categoría de Principales Contribuyentes (Pricos), así como las asociaciones sin fines de lucro, instituciones educativas o entidades religiosas que hayan realizado sólo operaciones no afectas del IGV en el 2014 y que declararon más de diez trabajadores hasta el mes de noviembre del año pasado.

El cronograma de vencimientos, establecido por la Sunat, se inicia el 16 de febrero y finaliza el 27 del mismo mes de acuerdo con el último dígito del Registro Único de Contribuyente (RUC). Para los considerados Buenos Contribuyentes el plazo es hasta el 2 de marzo.

Qué es el DOAT
Cabe precisar que a través de la DAOT el declarante informa todas las operaciones que hubiera realizado durante un periodo tributario, en calidad de proveedor o cliente. Se entiende como "Operación con Tercero" a la suma de los montos de las transacciones realizadas con cada proveedor o cliente, siempre que dicha suma sea mayor a las dos (2) UIT.

Con este sistema se obtiene información del propio contribuyente, referida a sus operaciones con terceros, la misma que es de utilidad para los cruces de datos que realiza la Administración Aduanera y Tributaria, a fin de determinar inconsistencias y poner en marcha campañas de regularización y formalización de las actividades comerciales que realizan.

Si el contribuyente que en principio se encuentra obligado a presentar la DAOT, no tiene Operaciones con Terceros que declarar, deberá informarlo a través del Sistema SOL habilitado en Sunat Virtual, y generar la "Constancia de no tener información a declarar".

Para obtener mayor información sobre esta obligación, los contribuyentes pueden ingresar a Sunat Virtual, comunicarse con la Central de Consultas a los números 0-801-12-100 (desde teléfonos fijos) y (01) 315-0730 (desde celulares) o solicitar orientación personalizada en cualquier de los Centros de Servicios al Contribuyente de todo el país.
Fuente: Diario Gestión.

Pautas nuevas para devolver los saldos a favor del IR

Ente recaudador aprueba versiones de los PDT "IGV Renta mensual" y otras retenciones.Nuevas reglas y formularios estableció la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) para tramitar las solicitudes de devolución de los saldos a favor del impuesto a la renta (IR)correspondiente a personas naturales.
Los que presenten la declaración jurada anual del IR del ejercicio 2015 y siguientes podrán solicitar la devolución de los saldos a favor por rentas de capital de primera y segunda categoría y/o rentas de trabajo obtenidas en cada ejercicio gravable, mediante el Formulario N° 4949 Solicitud de devolución o por Sunat Virtual.

Formularios

El declarante que opte por solicitar, mediante Sunat Virtual, dicha devolución podrá utilizar el Formulario N° 1649 Solicitud de devolución por cada uno de los saldos.

Para tal efecto, deberá haber presentado la declaración jurada del IR seleccionando la opción "devolución", precisa la Resolución de Superintendencia N° 031-2015/SUNAT.

Deberá, también, ingresar al enlace "Solicitud de devolución" habilitado en Sunat operaciones en línea, inmediatamente después de haber presentado la declaración; de lo contrario, tendrá que presentarse el Formulario N° 4949.

De acuerdo con un informe del Estudio Muñiz, Ramírez, Pérez-Taiman & Olaya Abogados, en que se analiza la citada resolución, el contribuyente que solicite la devolución por el Formulario Virtual N° 1649 no deberá tener otra solicitud de devolución de pagos indebidos, o en exceso o del saldo a favor del IR en trámite por el mismo ejercicio.

Tampoco deberá haber sido notificado por la Sunat con una resolución que declare improcedente, procedente o procedente en parte una solicitud de devolución de pagos indebidos o en exceso o del saldo a favor, del IR, correspondiente al ejercicio por el que se colicita la devolución.

Concluido el trámite, se generará una constancia de presentación del formulario.

El Formulario Virtual N° 1649, además, podrá usarlo el declarante para solicitar la devolución de saldos a favor por rentas de capital de primera y segunda categoría y rentas de trabajo del ejercicio gravable 2014 a partir del lunes 16 de febrero de 2015.

Novedosas versiones

La Sunat aprobó, además, nuevas versiones de los PDT "IGV Renta mensual", "Otras retenciones" y "Modificación del coeficiente o porcentaje para el cálculo de los pagos a cuenta del IR" por Resolución de Superintendencia N° 030-2015/SUNAT. Ello porque mediante la Ley N° 30296 se modificó la Ley del IR para variar las tasas de este tributo aplicables a los dividendos y otras formas de distribución de utilidades, a la renta de tercera categoría y a la retención que las personas jurídicas deben efectuar cuando paguen o acrediten rentas de obligaciones al portador, detalló Pantigoso & Asociados.

El Peruano Publicado: 03/02/2015

La Sunat priorizará sus servicios

Entidad recaudadora cambia de paradigma institucional para reorientar su acercamiento a los ciudadanos.

La Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (Sunat) priorizará el otorgamiento de facilidades y la simplificación administrativa de sus servicios para los contribuyentes y usuarios del comercio exterior.
Todo ello en el marco del cambio de paradigma institucional que el ente recaudador ha iniciado para reorientar la forma de relacionarse con los ciudadanos.

Nuestro objetivo es hacer de la Sunat una entidad al nivel de las mejores administraciones tributarias y aduaneras del mundo, expresó la jefa de la entidad supervisora, Tania Quispe Mansilla.

La intención, por tanto, es convertirla en una institución que use la capacidad humana y las herramientas tecnológicas para fomentar el cumplimiento voluntario de los deberes tributarios y aduaneros de los ciudadanos peruanos. "Pero sin bajar los brazos en el combate a la evasión y la informalidad que tanto afectan nuestra marcha como país", agregó la funcionaria.

Antecedentes

En los últimos 20 años, la Sunat ha sido considerada como sinónimo de recaudación y servicio aduanero no muy eficiente, precisó.

"Hemos vivido largos años concentrados en recaudar, aspecto importante de la tributación, pero no el único. También en el plano aduanero, dedicados a una gestión saturada de papeles y trámites burocráticos."

Con el nuevo paradigma se busca poner a la entidad recaudadora al servicio del bien común en los aspectos tributario y aduanero, explicó la superintendenta.

Acciones

"Nos comprometemos a continuar enfrentando el incumplimiento que se manifiesta en la evasión y la elusión."

Se priorizará, fundamentalmente, las herramientas de gestión de riesgo para diferenciar a los buenos de los malos contribuyentes, detalló Quispe.

"Fomentaremos el cumplimiento tributario con actitud de justicia."

En lo que se refiere al servicio aduanero, el nuevo paradigma nos conduce a proteger a la nación con un trabajo eficiente para reducir costos y aumentar la competitividad de las empresas peruanas, indicó.

Así, con el lema 'Hacia un servicio de clase mundial', el nuevo paradigma del ente recaudador enfocará sus estrategias en la ampliación de la base tributaria, mejora del cumplimiento voluntario, reducción de costos y tiempos para el usuario, y en garantizar la seguridad de la cadena logística de las exportaciones e importaciones.

Orientará también sus estrategias hacia la reducción del contrabando, el desvío de insumos químicos y asegurar el fortalecimiento institucional y desarrollo de sus recursos humanos.

Entre los productos que componen el nuevo paradigma institucional, Quispe mencionó el fortalecimiento en el control de las operaciones no reales (facturas falsas) para reducir en más de 50% el uso de esta modalidad de evasión.

Algunos componentes

Otro de los productos que componen el nuevo paradigma institucional es el programa de sectoristas de la Sunat.

Esta estrategia pretende seguir incrementando el número de contribuyentes a los que se les brinda atención personalizada.

Ello permitirá pasar de 16,000, en 2014, a más de 38,000 en el presente año, incluyendo a todos los medianos y pequeños contribuyentes en el ámbito nacional, además de los catalogados como principales contribuyentes.

También se enfatizará en la emisión de documentos tributarios y aduaneros en forma electrónica.

Al margen de ello, la entidad recaudadora trabaja para simplificar la declaración jurada de renta en función del tamaño y tipo de contribuyente.

Objetivos

La jefa de la Sunat destacó que el nuevo paradigma institucional fortalecerá el sistema de despacho aduanero para que a julio de 2016 el 100% de las operaciones de importación por vía marítima y aérea se realice por medios electrónicos.

Así, se reducirán los trámites y la interacción física con los operadores del comercio internacional.

Pretendemos que este cambio progresivo ubique a la Sunat en el nivel de las instituciones de clase mundial, ofreciendo un servicio justo y eficiente a los ciudadanos peruanos, anotó Quispe.

El Peruano Publicado: 05/02/2015

Sunat te permitirá emitir recibos por honorarios desde tu móvil

La Sunat anunció que contribuyentes podrán descargar aplicativo en smartphones en este trimestre

La Sunat ingresará a la era móvil al lanzar en este trimeste un aplicativo para teléfonos inteligentes, el cual podrá ser descargado en el smartphone del contribuyente para inicialmente emitir sus recibos por honorarios electrónicos, y después se agregarán otros servicios de carácter tributario, reveló a El Comercio Gisella Cuentas, funcionaria de la Sunat.

"Estamos desarrollando una aplicación desde celulares, en este trimestre va a estar listo. La idea es que el trabajador independiente se dirija a su cliente, y desde su celular emita su recibo por honorario electrónico para cobrar por sus servicios profesionales", explicó la funcionaria de la Sunat.

Como se recuerda, a partir del 1 de enero del 2015 los trabajadores independientes que tengan como clientes a empresas del Régimen General del Impuesto a la Renta o las entidades públicas, están obligados a emitir sus recibos por honorarios electrónicos a través del portal www.sunat.gob.pe.

"El aplicativo en el celular va a facilitar bastante (la emisión de estos recibos), pues cada vez es más masivo el uso de smartphones. Con esto se va a empezar una especie de Sunat móvil", comentó Gisella Cuentas.

Sobre esa plataforma digital se irán colgando otras aplicaciones para realizar trámites "muy puntuales y rápidos, porque tampoco se trata de gastar tu plan de datos de Internet para hacer una transacción tan larga en la Sunat".

La funcionaria adelantó que el siguiente aplicativo será el de la consulta del Registro Único del Contribuyente (RUC), mientras que los otros servicios todavía no puede revelar al estar siendo evaluados.

SORTEO DIGITAL

Al darse un mayor uso de los recibos por honorarios electrónicos así como las boletas y facturas electrónicas, la Sunat lanzará en este año la versión digital de su tradicional sorteo de comprobantes de pago.

"También se está trabajando en un sorteo de comprobantes electrónicos, para incluir estos recibos por honorarios electrónicos. Será un sorteo más fácil de participar a diferencia de los comprobantes de papel que debes ponerlos en un sobre y depositarlos en las ánforas de las oficinas de la Sunat", añadió Cuentas.

Para este sorteo digital se podrán "depositar" las facturas y boletas electrónicas que ya están emitiendo un grupo de empresas a sus clientes.

"Todo esto lo hacemos pensando en las nuevas generaciones de contribuyentes quienes no piensan en papeles. Ahora los jóvenes tienen celulares y tablets, entonces queremos estar alineados con sus tendencias", agregó.

Fuente: Comercio

Naturaleza jurídica de la CTS

El artículo 1 del Decreto Legislativo N° 650 definió a la compensación por tiempo de servicios (CTS) como un beneficio social de previsión de las contingencias que origina el cese en el trabajo y de promoción del trabajador y su familia. La palabra "contingencia" alude, en un primer acercamiento, a un concepto filosófico que poco aporta. Sin embargo, en su acepción final –de acuerdo con el DRAE– se refiere a un riesgo, y como tal, a la proximidad de un daño, y este sí es un criterio fundamental para determinar la naturaleza jurídica actual de la CTS. Así, la compensación por tiempo de servicios, entonces, tiene por objeto reducir en lo posible las consecuencias perjudiciales del cese, entendiendo por cese a todas las modalidades de extinción de la relación laboral. Hay que tener especial cuidado en este aspecto, no en todos los casos de cese se producen daños al trabajador. En la renuncia difícilmente puede haberlos en la medida en que es un acto voluntario del empleado, tampoco en la finalización de la relación laboral por mutuo disenso ni en el vencimiento de los contratos a plazo fijo, dado que son actos que nacen de la manifestación libre de las partes, menos aún en el despido por falta grave, donde, de generarse daños, estos afectan a la figura del empleador, no al trabajador. Claramente los ceses motivados en el despido arbitrario, en los actos de hostilidad del empleador y en el despido nulo cuando el afectado considera que no es posible la subsistencia de la relación laboral y opta por la indemnización, son los supuestos que aparejan un daño evidente al trabajador que la ley considera materia de reparación. En las situaciones mencionadas, tanto la indemnización por despido como la CTS coinciden en su finalidad; resarcir el daño que se origina en el cese injusto. Como en un inexorable péndulo, casi 70 años después de su aparición, la compensación por tiempo de servicios retornó –en parte– a su naturaleza jurídica prístina, la de operar como un fondo indemnizatorio, con el objeto de cubrir los efectos perniciosos del despido.

Fuente: Diario Gestión

Pese a la rebaja del IR los gerentes pagan más al fisco

Como resultado del cambio en la escala del Impuesto a la Renta (IR) la rentas del trabajo de las personas naturales pasó de tres tramos hasta el 2014 (con tasas de 15%, 21% y 30%) a contar con cinco tramos desde el 2015 (8%, 14%, 17%, 20% y 30%) manteniendo el mínimo no imponible de siete UIT, equivalente a S/. 1 925 mensuales este año.

Como resultado del cambio, la tasa media se reduce en los tramos de ingreso bajo y aumenta levemente en los tramos más altos, según el reporte de inflación del BCR de enero de este año.

Así, el documento refiere que las personas con rentas inferiores a S/. 16, 684 pagarán un menor impuesto, mientras que para rentas superiores el impuesto aumentará, hasta en un máximo de S/. 115 anual.

El tributarista Juan Manuel Salazar, socio del estudio Payet, explicó que si un trabajador percibe mensualmente un sueldo de S/. 40,000 tributaba en el 2014, al año, S/. 134, 967; en tanto con la nueva tasa tributará S/. 135,082.50.

No obstante, si el trabajador percibe una remuneración mensual de S/. 3,500, sí se aprecia una rebaja ya que en el 2014 pagaba IR anual de S/. 3,307.50 y el 2015 lo hará en S/. 1,932.00. "La modificación beneficia más al que percibe una sueldo menor; y en el caso de los que perciben mayores ingresos, la modificación hace que termine pagando un poco más", dijo.

No deducibles
De otro lado, respecto a IR que se aplica a las empresas, explicó que la Sunat no acepta como gasto deducible para el cálculo del impuesto los comprobantes de pago de contribuyentes dados de baja por el fisco. Así, se crea una nueva obligación de verificación en la web del fisco, anotó.

La clave
En cuatro años (2011-2015) las acciones de control de la Sunat han crecido 120%, en tributos internos, fiscalización y cobranza inductiva y coactiva.

Ahora la Sunat fiscalizará en línea

Mediante la publicación de la Ley 30296, "Ley que promueve la reactivación de la economía", se incorporó como una nueva modalidad de fiscalización a la "fiscalización parcial electrónica", a través de la cual la Sunat se encuentra facultada a notificar a los contribuyentes, vía clave SOL, las supuestas omisiones tributarias, así como los tributos a regularizar y los intereses, de ser el caso. Por su parte, el contribuyente cuenta con 10 días hábiles después de recibida la referida notificación electrónica para regularizar las omisiones o adjuntar la documentación para sustentar su posición. Con dicha información, la entidad -en el plazo de 20 días hábiles- deberá emitir las resoluciones de determinación, poniendo fin a la fiscalización. Como se aprecia, con este cambio no solamente se está elevando a la categoría de "fiscalización" la práctica que venía teniendo la Sunat de notificar cartas inductivas de forma masiva a los contribuyentes, mediante las cuales comunicaba una serie de presuntas omisiones, sino que se está incorporando un mecanismo que permite fiscalizar a los contribuyentes sin necesidad de realizar revisiones físicas de documentación.

En los últimos años, a través de de la implementación de libros, registros y comprobantes de pago electrónicos, se ha establecido y se viene incrementando la obligación de los contribuyentes de suministrar su información en lí- nea. Con la introducción de la fiscalización electrónica, se otorgan las facultades que requería la superintendencia para que, en base a toda la información con la que hoy cuenta y con la información que irá obteniendo online en el futuro, pueda realizar la determinación de la deuda de forma automática, acercándose más al control del registro contable de las operaciones diarias de los contribuyentes. Si bien se encuentra pendiente la emisión de la resolución que reglamente este procedimiento, los contribuyentes deberán estar preparados para afrontar esta nueva etapa.

Fuente: Diario Gestión

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